Prescripción salvó a exvicerrector de la UNA de devolver ¢34 millones pagados de más

Hernán Alvarado realizó varias consultorías al tiempo que cobraba dedicación exclusiva. La institución intentó recuperar el dinero, pero el caso ya había caducado legalmente

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Un exvicerrector de la Universidad Nacional (UNA) logró pensionarse sin devolverle a esa casa de estudios los ¢34 millones que devengó por concepto de dedicación exclusiva, a pesar de que habría ofrecido, al mismo tiempo, múltiples consultorías por fuera.

La institución intentó recuperar el dinero, pero el funcionario se acogió a su jubilación y frenó el proceso disciplinario que había comprobado el aparente cobro ilegal de ese incentivo salarial a lo largo de 15 años.

Posteriormente, la UNA trató de ejecutar un cobro administrativo, pero entonces se percató de que las aparentes faltas ya habían prescrito y que no había nada más que hacer.

De esa forma, Hernán Alvarado Ugarte logró jubilarse, en febrero del 2017, solo un mes después de que el entonces rector de la UNA, Alberto Salom, lo destituyera del cargo de vicerrector de Extensión, a raíz de la investigación en su contra.

Pesquisas preliminares habrían acreditado que Alvarado realizó múltiples consultorías para otras organizaciones al mismo tiempo que cobró ese plus salarial, entre 1991 y el 2006.

En esa época, el académico era empleado docente y administrativo de la Escuela de Economía y recibía ese sobresueldo, equivalente al 30% de su salario base —y que luego subió al 35%—, que le prohibía trabajar en cualquier otro lugar.

En el ámbito legal, el cobro administrativo tampoco prosperó, pues ya habían transcurrido más de diez años desde los aparentes incumplimientos.

Consultado al respecto, Alvarado afirmó que nunca se encontró evidencia seria que demostrara su responsabilidad y que la universidad armó un “show mediático” con base en pruebas espurias.

“Todas estaban prescritas, como la misma denuncia lo decía. La universidad hizo todo lo posible por encontrar algo imputable y no lo logró”, indicó el académico, en un mensaje de texto, ante una consulta de este medio.

La UNA, en tanto, considera que Alvarado no evadió devolverle el dinero a la institución —gracias a la prescripción de hechos—, por el contrario, el rector Francisco González calificó el accionar como “diligente y respetando el principio del debido proceso”.

En setiembre del 2018, Alvarado registraba una pensión de lujo de ¢6 millones brutos y recibió una cesantía de ¢82,4 millones, según indicó la Universidad Nacional.

Denuncia tras 10 años

La UNA sostiene que se enteró de los aparentes incumplimientos de Alvarado hasta el 30 de mayo del 2016, cuando recibió una denuncia anónima sobre cómo, aparentemente, el funcionario había realizado consultorías pese a estar cobrando un sobresueldo por dedicación exclusiva.

Cuatro días después, Alberto Salom instruyó la apertura de una investigación preliminar, la cual, dos meses después se amplió en un procedimiento administrativo disciplinario.

Sin embargo, dicho procedimiento “tuvo que darse por concluido anticipadamente” en vista del retiro de Alvarado, en febrero del 2017.

No obstante, en mayo de ese mismo año, Salom le ordenó al Programa de Desarrollo de Recursos Humanos “determinar si existió incumplimiento al régimen de dedicación exclusiva y si se genera responsabilidad civil y penal por parte del señor Alvarado Ugarte”.

Y al revisar los convenios, esa dependencia determinó que el plus salarial se le pagó a Alvarado desde julio de 1991 hasta mayo del 2006, cuando el exfuncionario renunció al beneficio.

Según la resolución UNA-PDRH-RESO-027-2017, en ese periodo a Alvarado se le pagaron ¢34,4 millones por concepto de dedicación exclusiva.

Dicho documento, además, consigna que entre 1991 y el 2006, el académico participó en cinco consultorías. Menciona, por ejemplo, un trabajo para “CNE-Cepredenac” entre 1991 y 1992, otro para Hivos de 1996 a 1997, y otro para “UICN-Prisma” entre el 2001 y el 2005.

Con base en dichos elementos, la Universidad abrió un procedimiento de cobro administrativo por los ¢34,4 millones.

“La suma adeudada se determinó a partir de la fecha en que se evidenció el incumplimiento del contrato y hasta la fecha de la vigencia de ese documento”, indicó Francisco González.

‘No se puede determinar un daño’

La UNA inició el cobro administrativo en julio del 2017, cuando Alvarado ya estaba jubilado. Luego de tramitar varias apelaciones que presentó el académico, se realizó una audiencia en abril del 2018.

En esa instancia, el exvicerrector argumentó que la institución no le podía garantizar un debido proceso: “Los hechos están prescritos y las pruebas solo demuestran indicios”, dice el descargo que presentó.

El funcionario sostuvo además, que se carecía de pruebas para demostrar la veracidad de las denuncias, así como para determinar un monto “razonable y proporcionado”.

“Por ejemplo, si un hecho se puede demostrar para inicios del año 1991, no significa que se incumplió todo ese año con el contrato de dedicación exclusiva (...). Solo hay indicios y no se puede demostrar un daño al erario público y por lo tanto, no se puede dar curso a un acto administrativo”, alegó Alvarado, según consta en la resolución UNA-PDRH-RESO-065-2018.

La universidad rechazó tales argumentos, en particular porque el académico no logró desacreditar las pruebas que se presentaron en su contra.

“Hay documentos que demuestran la participación del señor Alvarado en actividades en las que se le estaba impedido participar por su condición de funcionario con dedicación exclusiva”, respondió la UNA.

La institución tampoco admitió que se debiera cobrar solo sobre los periodos en los que hubo faltas demostradas.

“Basta incurrir en una falta con el régimen para que todos los pagos futuros no se deban llevar a cabo, porque, si se incurrió en una falta por primera vez en 1991, de ahí en adelante ya incumplió el contrato (...). No es una simple falta laboral como lo pretende hacer ver el señor Alvarado, si no una falta contra la Hacienda Pública”, respondió la universidad.

Al finalizar la audiencia, la institución insistió en la devolución del dinero.

Sin embargo, tres meses después, una nueva resolución de la oficina de Recursos Humanos declaró el cobro administrativo como prescrito, por haber ocurrido los hechos más de diez años atrás.

En julio del 2019, la Rectoría quiso saber si procedía iniciar alguna acción penal en contra de Alvarado. Tal posibilidad también se descartó, por la misma razón.