Cinépolis debe reanudar venta en línea para discapacitados

Sorpresa Director de la cadena de cines asegura estar desconcertado por la calificación de que salas son “discriminatorias”

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Una sentencia de la Sala Constitucional emitida este viernes obliga a Inversiones de Cinema de Costa Rica (Cinépolis Costa Rica) a vender por Internet los espacios para discapacitados en todos los cines de la cadena.

Un comunicado enviado por el ente señala: “Por unanimidad, la Sala Constitucional y por sentencia No. 2012-18378 de 21 de diciembre de 2012, declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado por una madre a quien se le impidió la compra, vía electrónica, de entradas para que su hijo, quien es una persona con discapacidad, asistiera a Cinépolis Desamparados”.

El documento también agrega que los magistrados consideraron que la limitación es “discriminatoria y atenta flagrantemente contra lo dispuesto por el ordinal 33 de la Constitución Política, así como lo señalado en distintas instrumentos internacionales ratificados por Costa Rica, en particular, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

Sobre la sentencia, el director internacional para Latinoamérica de Cinépolis, Luis Monestel, aseguró ayer por la tarde que todavía no había recibido una notificación oficial de la Sala Constitucional, por lo que desconoce los alcances del documento legal.

Sin embargo, le envió a este medio un documento en el cual explica que desde meses atrás, la cadena de cines decidió bloquear la venta en línea de los tiquetes para los asientos especiales y estableció que los espacios de sillas retirables se vendan y asignen exclusivamente en la taquilla, de forma presencial al usuario discapacitado.

La medida se tomó con el afán de que se pueda constatar que los clientes que solicitan los campos, los requieran, y evitar así que los compre cualquier persona que no utilice silla de ruedas, como sucedió en un caso previo que motivó la decisión “como parte del apoyo a las personas con discapacidad”, dice el documento.

“Me desconcierta que se diga que nosotros discriminamos, cuando más bien tenemos las instalaciones con adecuaciones especiales para nuestros clientes con capacidades especiales”, le aseguró Monestel a Viva .

Según la Sala Constitucional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad “estatuye” el derecho de las personas con discapacidad a utilizar y tener a su disposición las nuevas tecnologías de la información y del conocimiento (TICS).

La sentencia ordena al representante de Inversiones de Cinema de Costa Rica S. A. a realizar los cambios solicitados dentro del plazo de un mes contado a partir de la notificación de la sentencia No. 2012-18378.