Tribunal anula elevación a juicio contra Miguel Ángel Rodríguez por el caso de reaseguros

Jueza que resolvió ordena una nueva audiencia preliminar para que otra vez se decida si hay elementos probatorios para juzgar al expresidente

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El Tribunal Penal de Goicoechea anuló una resolución de junio del año pasado de la jueza penal Saylin Ballestero Mora, que había ordenado que se enjuiciara al expresidente de la República, Miguel Ángel Rodríguez Echeverría (1998-2002), en el denominado caso de los reaseguros del Instituto Nacional de Seguros (INS).

La medida se adoptó porque Ballestero durante marzo del 2010 había sido denunciada por Rodríguez ante la Inspección Judicial de la Corte Suprema de Justicia por un decisión que había tomado en el caso ICE-Alcatel y se consideró que debió inhibirse pues violaba el principio de imparcialidad.

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Con este fallo, el asunto que estaba listo solo para que se fijara la fecha del debate, deberá ser devuelto otra vez al Juzgado Penal, para que en una nueva audiencia se determine si hay elementos probatorios suficientes para que el tema sea elevado a juicio.

La decisión del Tribunal, que es unipersonal y estuvo a cargo Yorleny Campos Campos, también benefició a Cristóbal Zawadzki Wojtasiak (exjerarca del INS); Álvaro Antonio Acuña Prado (exjefe de Reaseguros del INS); Gilda Montes de Oca (esposa de Zawadzki); Roxana Cordero Bogantes (esposa de Acuña) y Rónald Bonilla Rodríguez (exjefe de Seguros del Instituto Costarricense de Electricidad). Además, de los funcionarios del ICE, Antonio Corrales Moya y Ramón Lara Molinari.

Miguel Ángel Rodríguez en un comunicado de prensa dijo: "Esta resolución viene a confirmar un principio fundamental en el Estado de Derecho como es la necesidad de que los jueces sean absolutamente imparciales, y renueva mi confianza en los Tribunales de mi país. Es absurdo que continúe este caso, que lleva muchos años en trámite y no tiene sustento alguno en mi contra”.

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Antecedentes. Las pesquisas de este asunto las realizó el Ministerio Público y tienen que ver con dos asuntos. Uno, el aparente pago a exfuncionarios estatales por $2,1 millones, realizados por la reaseguradora londinense PWS, entre 1998 y el 2002.

El otro caso está relacionado con presuntas comisiones y pagos de viajes dados por las empresas corredoras Guy Carpenter y Willis, durante el 2001.

La fiscalía acusó a todos los imputados en el delito de peculado que se da cuando hay sustracción de bienes públicos. El artículo 354 del Código Penal castiga este hecho con prisión de tres a 12 años.

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En febrero del 2014, un juzgado penal había dictado sobreseimiento a favor de los imputados, sobre todo porque consideró como ilegal que se usaran pruebas bancarias traídas de Panamá, Estados Unidos y del Reino Unido.

En aquel momento se estimó que "toda la prueba recabada en el extranjero, sin control jurisdiccional previo, es espuria o ilegal, o sea, que no puede admitirse en el proceso".

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Sin embargo, en agosto del 2014 un Tribunal Penal anuló la absolutoria y ordenó una audiencia para decidir si el tema iba a juicio o no. Ese tribunal mantuvo la prohibición de usar las pruebas bancarias traídas del exterior.

Precisamente fue la jueza Ballestero en esa nueva audiencia realizada en junio del 2015, la que ordenó de nuevo el juicio, que ahora es anulado.