Tribunal absuelve por falta de pruebas a dos policías acusados de colaborar con banda narco

Otros siete imputados en narcotráfico admitieron el delito y los condenaron a penas entre 7 a 8 años

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La falta de pruebas permitió que dos oficiales de la Fuerza Pública resultaran absueltos en un debate en el que se les juzgaba por presuntamente colaborar con una banda internacional de tráfico de drogas.

El fallo del Tribunal de Juicio de Limón que benefició a los oficiales de apellidos Rodríguez López y Elizondo Martínez, fue dictado el lunes anterior.

A ellos, el Ministerio Público les atribuía los delitos de incumplimiento de deberes, cohecho propio, peculado y tráfico de drogas.

Empero, las juezas Karen Parrales Ramírez, Doris Elsiana Mairena Jiménez y Yuliana Loría Paniagua, consideraron que durante el debate –que había comenzado a mediados del mes de abril– no se presentaron pruebas suficientes para poder dictar una sentencia condenatoria en contra de estos imputados.

Los policías Rodríguez y Elizondo fueron detenidos el 10 de octubre del 2017, pues el Ministerio Público les atribuyó, presuntamente, colaborar con una organización que se especializó en traer cocaína adherida a los cascos de los barcos que venían de Colombia y que atracaban en puertos limonenses.

Vínculo

Durante el debate, la Fiscalía señaló de que en el periodo comprendido entre el 18 de junio al 22 de setiembre del 2017, presuntamente los oficiales que estaban destacados en el centro de Limón facilitaron a la organización el ingreso de licor y les suministraron un arma de fuego.

Asimismo, los acusaron de que el día 21 de agosto del 2017 los implicados entraron en posesión de 420 gramos de cocaína y que, “contrario a funciones y obligaciones”, tomaron supuestamente la determinación de comercializar la droga con Albin Fernando Brown Wright, por la suma de ¢900.000.

La entrega del estupefaciente se hizo a la 1:40 p. m. en la cercanías del aeropuerto de Limón y una vez hecha la transacción los policías que viajaban en la radiopatrulla 3459, siguieron hacia el Valle La Estrella para atender un caso de un herido de bala.

El pagó del dinero se hizo ese mismo día a las 4:39 p. m. frente a un bar llamado Aquí me Quedo, según establece la acusación fiscal.

Aunque toda esa negociación quedó en intervenciones telefónicas y fue observada por oficiales de la PCD, no se produjo el decomiso del dinero ni de la droga, por lo cual, en criterio del tribunal, no hay forma de verificar que se cometió un delito.

El argumento policial para no ejecutar dichas acciones fue que actuar en ese momento entorpecería la investigación contra los otros miembros de la organización, que estaba trayendo cocaína de Colombia y marihuana de Jamaica.

Tras conocerse la sentencia, el abogado Juan José Picado, defensor de Rodríguez López, sostuvo que “la defensa desde un inicio había alegado inocencia de ambos encartados. Se les estaba vinculando con la delincuencia únicamente con las intervenciones telefónicas. Nosotros siempre consideramos que era prueba insuficiente. El Ministerio Público nunca terminó su investigación para poder determinar si existía o no culpabilidad de los oficiales".

En tanto, Israel Jaén, que representó a Elizondo, calificó como “pésima la investigación de la Policía de Control de Drogas (PCD) y del Ministerio Público. No lograron prueba para vincularlos”.

La oficina de prensa de la Fiscalía General de la República manifestó que esperará la sentencia integral del caso "para definir si presenta una apelación”.

Grupo narco admite delito

El 10 de octubre del 2017, cuando se capturó a los policías, también fueron arrestados los miembros de la organización que se dedicaba al trasiego de droga.

A esta banda le decomisaron, el 14 de junio del 2017, 161 kilos de cocaína en las inmediaciones de las cabinas Las Olas, en Limón. Asimismo, la PCD vigiló otros dos trasiegos qu fueron citados en la acusación del Ministerio Público.

Los sospechosos de integrar el grupo fueron identificados como Fernando Leví Brown Danderson (conocido como Chino y a quien señalaron como el líder del grupo), Albin Fernando Brown Wright, Miguel Ángel Rivas Duncan, Junior Rubén Blackwood Alpízar, Jonathan Aurelio Monge Méndez y Kevin Andrey García Zeledón.

Todos los sospechosos, tras conocer la prueba presentada en su contra por el Ministerio Público, aceptaron los hechos y se sometieron a un procedimiento abreviado. Con esa decisión se eliminó la etapa de juicio y se dictó sentencia.

Por esa razón el Tribunal de Limón el 2 de abril pasado dictó la sentencia 226-2019, en la cual se sentenció a Brown Danderson a ocho años y seis meses de prisión, mientras que el resto de los imputados cumplirán una pena de siete años y seis meses de prisión cada uno. Dicho fallo ya está en firme, confirmó la Fiscalía.