Sala IV ordena a autoridades de La Reforma agilizar entrega de recursos de amparo de privados de libertad

Centro penal duró un mes en remitir a Sala Constitucional un recurso presentado por un reo

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La Sala Constitucional ordenó al Centro de Atención Integral (CAI) Jorge Arturo Montero, conocido como La Reforma, agilizar el proceso para remitir recursos de amparo que presenten los privados de libertad.

Los magistrados detectaron que el centro penal duró un mes en enviar a la Sala un recurso de amparo interpuesto por un preso porque no le entregaban la cédula, lo que había atrasado sus estudios dentro de la cárcel por al menos tres años. Inicialmente, el Tribunal debía analizar el retraso en la entrega de la cédula; no obstante, cuando el recurso llegó a la Sala, el hombre ya había recibido el documento de identidad.

La Sala determinó que el privado de libertad había redactado el recurso el 5 de noviembre del 2021, 12 días después la cédula le fue entregada, y hasta el 6 de diciembre el recurso fue remitido al Tribunal Constitucional.

“En principio esta Sala debería desestimar el presente recurso; sin embargo, resulta de importancia recordarles a las autoridades penitenciarias recurridas que el recurso de amparo, es también un derecho fundamental, de conformidad con el artículo 48 de la Constitución Política, el cual indiscutiblemente se ha visto lesionado por el actuar de las autoridades del CAI Jorge Arturo Montero Castro”, señala el fallo.

En el por tanto de la sentencia, los magistrados ordenan a la directora a. i. de esta cárcel, Jenny Chacón, que “dentro del plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, implementen un protocolo de recepción, archivo y remisión de los recursos de amparo o habeas corpus que les entreguen los privados de libertad, para garantizar la tutela judicial efectiva y que se le entregue al privado de libertad un documento idóneo, que permita demostrar la interposición de su gestión”.

Esta orden se dio en la resolución Nº 01097-2022 del 14 de enero de este año. Una vez elaborado el protocolo, el centro penal deberá comunicarlo a la población carcelaria.

En caso de incumplir con estas órdenes, la autoridad recurrida se expone a una pena de tres meses a dos años de prisión, o de veinte a sesenta días multa.