Milena Conejo: ‘Consideramos su trayectoria’

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¿Por qué se rebajó la sanción si se consideró que la conducta homofóbica era grave?

La acusación mayor contra don Edwin era por acoso laboral, y, en nuestro criterio, eso no se probó (...). Lo que vemos es que sí hubo una situación de irrespeto por parte de él, o por la misma circunstancia que vivía la Fiscalía (de Cartago), que venía arrastrando una situación de ambiente laboral, y él llegó a implementar un sistema de trabajo. Él es un fiscal de mucha trayectoria, que ha estado en muchas fiscalías y que su rendimiento ha sido bueno.

¿Para el Poder Judicial, la discriminación por manifestaciones verbales es una conducta leve o grave, pero que se castiga con una pena baja?

Es que depende. Nosotros analizamos cada caso concreto. Por razones de discriminación hemos tenido hasta despidos. A don Edwin le imponen un mes por las dos cosas que se le acusaban. Si el Consejo descartó el acoso laboral, teníamos que valorar el tema de la sanción.

¿La conclusión fue que era más grave el acoso?

No, que hay que valorar integralmente tomando en cuenta la trayectoria del servidor: si este es un hecho recurrente, si fue contra varias personas, o si hay causas anteriores, porque este no es un fiscal que tiene dos o tres años de experiencia: tiene más de veinte. Estimamos que esa sanción era suficiente en su caso particular y concreto, para que reflexione. Yo no le puedo decir si mañana, en un caso parecido, vamos a imponer un mes o hasta la revocatoria de nombramiento.