Juzgado ordena elevar a juicio causa contra Otto Guevara por cuatro delitos de falsedad ideológica

Procuraduría le exigirá el pago de ¢10 millones como acción civil resarcitoria en favor del Estado

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El exdiputado por el Movimiento Libertario, Otto Guevara, deberá comparecer en un juicio por una supuesta omisión en la declaración jurada de bienes que presentó ante la Contraloría General de la República en el 2014 y 2015.

Así consta en la notificación que el Tribunal Penal de Goicoechea hizo a las partes el pasado 23 de octubre, donde indica que se le acusa por cuatro delitos de falsedad ideológica.

Lo anterior porque Guevara no incluyó en su declaración jurada que desde el 2011 tenía 50 acciones en una la sociedad creada en Islas Vírgenes Británicas, valoradas en $50.000.

Según la acusación, Guevara también mantuvo activa una cuenta en el Banco Hongkong and Shanghai Banking Corporation Limited (HSBC) en Hong Kong, la cual tampoco reportó.

Por lo anterior, el Ministerio Público procedió a acusarlo por falsedad ideológica, de conformidad con los términos establecidos en los numerales 21-36 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley N.° 8422).

La jueza Carla Bonilla determinó que, conforme a derecho, corresponde acoger la petición fiscal y ordenar el auto de apertura a juicio en contra de Guevara, según consta en el expediente: 18-000040-0033-PE.

La fecha del contradictorio aún no ha sido fijada.

Además, el procurador Federico Quesada solicitó la suma de ¢2,5 millones por cada uno de los delitos, para un total de ¢10 millones, más el pago de intereses legales y moratorios hasta su efectivo pago así como cubrir las costas del proceso.

Alegato rechazado

En la audiencia preliminar de este caso, realizada en agosto pasado, Federico Campos, abogado defensor del exdiputado, adujo prescripción de las causas, lo cual fue desestimado por la jueza a cargo, al considerar que la prescripción regiría a partir de diciembre de este año.

De igual manera Campos alegó que, al momento de la declaración jurada, ya las acciones que tenía su cliente en la sociedad de Islas Vírgenes habían sido traspasadas a otras personas, hecho que deberá dilucidarse en el contradictorio.

En anteriores declaraciones a La Nación, Campos manifestó: “Estamos convencidos de la inocencia de mi defendido”.

A su juicio, la Fiscalía ignoró las amplias explicaciones que se le dieron con respaldo probatorio y por ello incluso solicitó un sobreseimiento a favor de su cliente.

Este asunto trascendió en marzo del 2018, cuando la fiscala general, Emilia Navas, allanó la oficina de Guevara en Los Yoses de Montes de Oca, en San José.

El artículo 46 de la Ley N.° 8422 establece que “será reprimido con prisión de seis meses a un año, quien incurra en falsedad, simulación o encubrimiento al realizar las declaraciones juradas de bienes ante la Contraloría General de la República”.

Desde que se creó la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, en el 2004, los casos que han sido elevado a juicio son sumamente pocos.