Juez exonera a empresarios detenidos por vender cáñamo en festival: Nunca cometieron un delito

Ciudadanos estadounidenses estuvieron en prisión y con arresto domiciliario por un año, a pesar de que la sustancia ingresó legalmente a Costa Rica

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El juez penal de Osa, John Tapia Salazar, dictó un sobreseimiento definitivo a favor de dos empresarios estadounidenses, quienes fueron detenidos el 23 de febrero del 2020 en el festival Envision, realizado en la finca La Merced, en Uvita de Osa, Puntarenas.

Para el juzgador, la causa penal que se siguió contra los jóvenes, Sydney Tiedt (25 años) y David Gottesfels (29), estuvo caracterizada de “atipicidad, falta de prueba e imposibilidad de proceder” y por ello consideró que no incurrieron en ningún delito al vender cáñamo y productos con esta sustancia.

Durante la audiencia preliminar, realizada el 17 de enero pasado, Tapia acogió una actividad procesal defectuosa presentada por los abogados Fernando Vargas Zeledón y José Miguel Villalobos Umaña, defensores de Tiedt y Gottesfels, respectivamente.

Ambos litigantes alegaron que hubo irregularidades con la prueba recolectada por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), debido a que existieron fallas en la cadena de custodia de la misma.

Se logra establecer una serie de irregularidades que violentan la debida cadena de custodia, haciendo imposible establecer que la droga incautada y la entregada en Química Analítica sea la misma.

“Se logra apreciar, a simple claridad, que existe una ruptura más que evidente, se denota una pésima tramitación e investigación en la respectiva causa penal (...), es inaudito para este juzgador que del análisis del expediente se desprenda con suma claridad que durante la investigación que se consigna en el respectivo expediente judicial se encuentren drogas que nunca fueron incautadas como relacionadas a los encartados”, precisa la resolución de la audiencia preliminar de la causa 20–000136–0629–PE, de la cual La Nación tiene copia.

Tapia también llama la atención de la Policía Judicial, debido a contradicciones consignadas en dos dictámenes periciales.

Agrega, además, que Tiedt y Gottesfels actuaron sin dolo (sin intención), ya que incluso la primera explica que el cáñamo, al tener menos de 0,3% de THC (tetrahidrocannabinol), no está calificado como droga, sino como medicina, y por ello es que se utiliza en cremas, aceites o para fumar sin producir un efecto psicoativo.

“En todas las formas en que se utiliza se considera siempre una medicina, se puede utilizar para artritis, problemas en el estómago, problemas de circulación o de cualquier tipo de dolor. El CBD se utiliza para la epilepsia también, es por esta razón que el Envision nos invitó a este evento, ya que la principal razón es bienestar de salud para el cuerpo. Los primeros tres días del festival fueron meditación y yoga (...).

Todo el producto que se decomisó se trajo desde Nueva York y fue importado acá por una compañía de courrier, revisado y aprobado por aduanas y nos fue entregado sin ninguna limitación.

“El Festival Envision nos invitó a participar como vendedores y patrocinadores. Los organizadores fueron muy claros informándonos que el producto en la forma en que nosotros lo vendemos es legal en Costa Rica (...), si hubiera sabido que era ilegal nunca hubiera venido, no hay razón alguna para venir a vender algo ilegal en Costa Rica, pudiendo venderlo legalmente en los Estados Unidos”, explicó durante el proceso Sydney Tiedt.

Su socio y pareja, David Gottesfels, también recalcó que ellos firmaron un contrato donde se indica que venderían CBD (cáñamo) y dijo que tuvieron que pagar $6.000 (¢3,6 millones, aproximadamente) del patrocinio para poder comercializar el producto, por lo que antes se asesoraron si era legal.

Para el juez Tapia, las afirmaciones de ambos denotan que ellos tenían un desconocimiento de que podían incurrir en un delito, por lo que para él es evidente que los imputados “siempre actuaron bajo el error de prohibición directo invencible, debiéndose dictar un sobreseimiento definitivo por atipicidad”.

Falencias para diferencias en porcentajes de THC y CBD

Tapia descarta que exista un perjuicio a la Salud Pública por la venta de productos con cáñamo y afirma que en la Asamblea Legislativa se ha determinado que no se le puede considerar como droga, por lo que hasta se ha impulsado un proyecto para otorgar a futuro licencias para la producción de esta planta, la cual, en su aspecto físico es similar a la marihuana.

El juzgador deja ver que existe una falencia en la Sección de Química Analítica del Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses del OIJ, ya que en la actualidad no se cuenta con un procedimiento validado para determinar los porcentajes de THC y CBD, así como su relación, por lo que eso genera una “violación al derecho de defensa”.

“Es inaudito para este juzgador que, debido a las falencias del sistema, los imputados se vean perjudicados con una acusación por venta y posesión de droga, únicamente por no contar con las pericias necesarias en nuestro país.

“Producto de estas falencias dos personas extranjeras se encontraron detenidas en prisión preventiva, simplemente porque las pruebas realizadas determinan si es cannabis o no, lo que ha tenido como consecuencia el seguimiento de una causa penal en contra de dos personas estadounidenses que desde un inicio han sido más que enfáticas en indicar que los productos que estaban vendiendo son derivados de una planta cannabis sativa como lo es el cáñamo, sustancia que no contenía THC.

“Lo anterior se logra demostrar con la prueba consularizada ofrecida por la defensa técnica, esta prueba deja en evidencia que la sustancia que comercializaban los encausados los días 22 y 23 de febrero del 2020 corresponde a cáñamo.

“Los imputados contaban con los permisos correspondientes en su país de residencia, facultando a su empresa Apricity a desarrollarse empresarialmente, inclusive la traducción oficial de la página es clara en indicar que los productos que ellos fabrican corresponden a CBD, que se extraen del cañamo y que es rico en fito– cannabinoides, siendo una sustancia que contiene menos del 0,3% de THC y que no genera efectos psicoactivos en la salud humana”, precisa Tapia en su resolución.

Satisfechos

Para los abogados Fernando Vargas y José Miguel Villalobos la decisión del juez en la audiencia preliminar es satisfactoria, tomando en cuenta que desde el inicio ellos defendieron que sus representados comercializaron en el festival un producto que está registrado de manera legal en Estados Unidos, su país de origen.

Ambos destacaron el apoyo consular brindado por la Embajada de Estados Unidos en Costa Rica.

“El problema que hubo desde el inicio fue que el Ministerio Público no razonó, no buscó prueba objetivamente, porque se les dijo que no era cannabis sativa (...), fue un proceso plagado de injusticias y abuso de autoridad, tanto así que el juez manda a investigar el accionar fiscal”, detalló Vargas.

El litigante precisó que no hay manera de diferenciar entre una mata de marihuana y cáñamo, ya que huelen y se ven igual; empero, el segundo no es psicoactivo.

Tanto Vargas como Villalobos destacaron la gravedad de que no exista forma de determinar el nivel de TCH que tiene una planta.

“La Fiscalía nunca quiso aceptar la tesis de la defensa, nunca procedió a hacer ese examen químico e inclusive, el Laboratorio de Ciencias Forenses respondió que no tenía capacidad, oiga usted que grave, de poder determinar la cantidad de TCH que poseía cualquier producto, hoja o capullo”, afirmó Villalobos.

El abogado recalcó que en Estados Unidos, donde se persigue el narcotráfico con bastante rigurosidad, menos de 0,5% de TCH no constituye un producto psicoactivo.

Vargas y Villalobos dijeron que el Ministerio Público no apeló la decisión del juez en la audiencia preliminar, por lo que para ellos, el sobreseimiento quedó en firme.

Pese a que este medio consultó sobre este caso a la Fiscalía de Osa, por medio de la oficina de prensa de la institución, al cierre de esta nota, a las 8 p. m. de este martes, no se obtuvo respuesta.