Absueltos por segunda vez operador y guías turísticos por mortal accidente de ‘rafting’

Imputados por accidente en Quepos ya habían sido absueltos en el 2021, pero Tribunal de Apelación anuló sentencia y ordenó nuevo juicio

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este viernes el Tribunal Penal de Puntarenas, sección Quepos - Parrita, emitió un fallo absolutorio a favor de un operador y dos guías turísticos acusados de peligro de naufragio y cuatro delitos de homicidio culposo, por un accidente de rafting ocurrido el 20 de octubre del 2018 en Quepos, provincia de Puntarenas.

En esa tarde, el vuelco de algunas balsas resultó en la trágica muerte de cuatro turistas extranjeros y un guía costarricense. Otros 13 individuos que participaban en la travesía lograron sobrevivir.

Los imputados en relación con estos fallecimientos fueron dos hermanos de apellido Contreras Martínez y un hombre apellidado Pessoa Calvo. Este último es el propietario de la empresa que realizó el tour, llamada Quepoa Expeditions S. A.

Estos tres hombres ya habían sido juzgados el 31 de agosto de 2021, cuando fueron absueltos de toda pena y responsabilidad debido a dudas, en conformidad con el principio in dubio pro reo. La Fiscalía y los querellantes apelaron esta sentencia, lo que llevó a un nuevo juicio que comenzó el 12 de febrero en Puntarenas y concluyó este viernes, cuando se dictó la sentencia alrededor de las 4 p. m. en la sala magna de los nuevos Tribunales, en El Roble de Puntarenas.

El Tribunal estuvo compuesto por María Marta Ramos Montes de Oca, Sharin Acuña Ruiz, jueza presidenta, y Franklin Lara Fallas.

Según el Tribunal, la Fiscalía acusó erróneamente de peligro de naufragio, una tipificación que consideraron inapropiada ya que tiene una connotación diferente y no puede aplicarse a una actividad deportiva como el rafting. Además, el informe policial era escueto y carecía de elementos descriptivos que dificultaban probar las acusaciones.

Aunque la Fiscalía tiene derecho a apelar, el hecho de que ya existan dos fallos absolutorios a favor de los acusados podría llevar al Tribunal de Apelación a aplicar el principio de doble conformidad, lo que haría que una nueva apelación carezca de sentido.

Despedida de soltero

En ese accidente, perdieron la vida ahogados en el río Naranjo los estadounidenses Ernesto Sierra Estrada, de 25 años; Jorge Tomás Caso, de 22; Sergio Luis Lorenzo, de 32 y Andrés Denis, de 30. También falleció el guía turístico costarricense, Kevin Thompson Reid, de 45 años.

El grupo de extranjeros llegó de Florida, Estados Unidos, y se encontraba en el país desde el 18 de octubre para celebrar la despedida de soltero de uno de los otros muchachos que sí sobrevivió a la emergencia.

El tour de rafting de la empresa Quepoa Expeditions partió de la localidad de Londres, recomendado por el propietario del hotel donde se hospedaban en Jacó. Por esta razón, también fue querellado ese empresario estadounidense de apellido Townsend Allen, a quien se le acusaba de cuatro delitos de homicidio simple en concurso ideal. Sin embargo, fue exonerado por certeza en ambos juicios, según explicó su defensor, el penalista Daniel Soley.

En el fallo de este viernes, se desestimó la acción civil resarcitoria, es decir, la millonaria demanda de indemnización contra los cuatro imputados, y se acordó que los gastos del proceso penal serán cubiertos por el Estado.