Opinión: Castigo por defraudación: ¿descenso automático y pérdida de títulos?

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Defraudación al fisco. Maquillaje de cuentas para burlar el pago de cargas sociales. Lavado de dinero o, directamente, amaño de partidos y hasta de torneos. Las figuras con las que se puede golear al fútbol, rompiéndole las redes de la credibilidad, son múltiples y malignas. Por ello, los castigos deberían ser ejemplarizantes.

Y no deberían importar el abolengo ni los pergaminos. Recuérdese el sonado Calciopoli , el escándalo futbolístico que sacudió los cimientos del balompié italiano a mediados de la década anterior, llevándose en banda a algunos de los equipos más prestigiosos de la Serie A.

Fueron las temporadas 2004-2005 y 2005-2006 las que se vieron corrompidas por el arreglo masivo de partidos, según supieron las autoridades gracias a interceptaciones telefónicas que derivaron en sanciones para clubes de todos los tamaños: Juventus, AC Milan, Lazio, Fiorentina y Reggina.

El fraude consistió en una conspiración para arreglar partidos claves del certamen, mediante la designación de árbitros comprados para lograr resultados específicos. De acuerdo con las investigaciones, entre los implicados estuvieron jueces, directivos de clubes e incluso de la Federación Italiana de Fútbol. Entre todos ellos sobresalieron altos funcionarios de la Juve , que fue sancionada con la pérdida de los títulos de dichas temporadas y el descenso a la Serie B (segunda división), donde se le descontaron nueve puntos. A Milan, Lazio y Fiorentina se les restaron 30 puntos en la temporada 2006-2007 de la Serie A, mientras que la Reggina fue multada con 68.000 euros, unos ¢41 millones, al tipo de cambio actual.

Ahora bien, ¿es la defraudación fiscal y a la seguridad social, o bien el lavado de dinero causales de descenso y pérdida de títulos (si los tuviere un hipotético implicado durante una administración presuntamente corrupta)?

El tema se las trae. Si se estructura una planilla deportiva con base en recursos mal habidos, ya sea por ahorro en cargas impositivas o por directo blanqueo de divisas, ¿eso no constituiría competencia desleal contra los equipos honestos? Así las cosas, cabría preguntarse, también, qué represalias acarrearía para las personas jurídicas... sin hablar, todavía, de las consecuencias penales para los supuestos responsables.