Editorial: Vacantes en Corte Plena

Con el retiro de Doris Arias, la Corte Plena carecerá de más de una tercera parte de sus integrantes, 22 en total.

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Hay ocho plazas vacantes en la Corte Plena, una de ellas desde hace casi tres años, cuando se jubiló el magistrado Gilbert Armijo, de la Sala Constitucional, y ahora la de la magistrada Doris Arias, quien renunció el 30 de julio.

En la Sala Tercera, encargada de la materia penal, los casos serán resueltos por suplentes, porque solo queda un propietario: el polémico magistrado Jesús Ramírez, reelegido en varias oportunidades pese a las recomendaciones en contrario. En total, con el retiro de Arias, la Corte Plena carecerá de más de una tercera parte de sus integrantes, 22 en total.

Los ocho suplentes podrían ser llamados a resolver asuntos trascendentales para la Corte, cuyo nuevo liderazgo debe encontrar medios para salir de la crisis de los últimos meses e impulsar las reformas exigidas por las circunstancias. Para hacerlo, necesitan apoyarse en mucho más que suplencias.

Sin embargo, el fraccionamiento político reflejado en la Asamblea Legislativa confabula con el sistema de selección para impedir la escogencia de nuevos propietarios. El sistema conserva los históricos motivos de insatisfacción, pero sufre, además, la misma parálisis experimentada por otros procesos de decisión parlamentaria.

El problema se viene arrastrando desde hace años. En diciembre del 2013, la Sala Constitucional estuvo a punto de un cierre técnico por falta de magistrados suplentes porque la dificultad de los nombramientos no solo se da en el caso de los propietarios. Estos últimos se ausentan por diversos motivos y, en algunos casos, la ley los obliga a inhibirse para evitar conflictos de intereses. Sin suplentes, la Sala no puede funcionar, pero eso no evitó que la Asamblea Legislativa esperara hasta el vencimiento de las suplencias para renovarlas, a la carrera, en el último minuto.

Uno de los puntos débiles del proceso de elección de magistrados es la Comisión de Nombramientos del Congreso, encargada de la preselección de candidatos para recomendárselos al plenario. Las reglas cambian tanto como la integración del grupo parlamentario. En la última versión, no faltan las innovaciones.

Ninguno de los nuevos requisitos garantiza una revisión de atestados más ágil o concienzuda. Alguno de ellos resultará más bien polémico. Por ejemplo, los diputados pedirán a los abogados litigantes una lista de sus clientes. Aclaran que no exigirán detalles, para no vulnerar el secreto profesional, pero el derecho a la discreción le pertenece sobre todo al cliente y nadie debe saber si consultó a determinado abogado. Por ejemplo, quien consulta a un especialista en derecho de familia podría tener razones para pretender discreción sobre ese hecho.

Más allá de los nuevos requisitos y procedimientos, la decisión más importante de la comisión recién establecida fue preservar uno de los ya existentes: la entrevista valorada en un 40 % de la nota final. En ese elemento del proceso de selección reside la mayor influencia de los integrantes de la comisión y por ahí se filtra la política partidaria. Aspirantes con valiosos atestados académicos, profesionales y morales se han visto descartados por uno o varios ceros en la calificación de la entrevista. Casi siempre, cuando el diputado pone un cero, otro aspirante recibe de él un cien, sin importar los atestados de menos calidad. En esos casos, no cabe duda de las preferencias del legislador, pero tampoco hay forma de exigirle explicaciones. Es una especie de nota de “concepto”. Por lo pronto, el alarmante número de vacantes aconseja acelerar la selección con los mecanismos existentes, pero el sistema debe cambiar so pena de caer, una vez más, en episodios lamentables, como los recientes.