Trabajo recuerda que empleados tienen permiso con goce de salario para ir a votar

Patronos deben acatar obligación que establece normativa laboral; la forma en que se coordinen los permisos dependerá de cada empresa

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Todos los patronos del país deberán permitir a sus empleados acudir a las urnas el próximo domingo 6 de febrero para ejercer su voto, como parte de la responsabilidad cívica que tiene toda la población, advirtió el Ministerio de Trabajo.

Esa autorización está normada en el artículo 69 del Código de Trabajo, según el cual es obligación de todo empleador “conceder a los trabajadores el tiempo necesario, sin reducción de salario, para el ejercicio del voto en las elecciones populares y consultas populares bajo la modalidad de referéndum”.

La cartera explicó que, la forma en que se coordinen los permisos dependerá de cada empresa, por lo que se recomienda mantener constante diálogo entre patronos y empleados con el fin de garantizar este derecho.

“El tiempo con goce de salario que se conceda para la emisión del voto, dependerá de las circunstancias del lugar donde deba efectuarse el mismo, razón por la cual, no se pueden emitir directrices generales para todas las empresas.

“Pero en todo caso, se recomienda conciliar criterios lógicos y razonables, que no limiten el derecho del trabajador o trabajadora, ni perjudiquen a la empresa, además, se recomienda tomar todas las previsiones con anticipación, para evitar obstáculos que impidan el ejercicio de ese derecho”, indicó Trabajo.

En ese mismo sentido, añadió la entidad, las personas que laboren el día de las elecciones nacionales, como miembros de Juntas Receptoras de Votos, también tendrán el derecho al permiso con goce de salario para cumplir con ese deber cívico.

Así está estipulado de conformidad con la interpretación e integración del artículo 69 inciso j) del Código de Trabajo, realizado por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), mediante la resolución 1404-E-2002, detalló el Ministerio en su comunicado.

Por su parte, el Código Electoral en su artículo 292 establece multas al patrono que obstaculice el ejercicio del sufragio a sus trabajadores, la cual puede ser de dos a cinco salarios base (es decir, de ¢924.400 a ¢2.311.000) a cualquier empleador que incumpla la obligación.

Finalmente, la institución rescató que “el deber patronal de conceder permiso con goce de salario para ejercer el derecho al voto o participar como miembro de Juntas Receptoras de Votos también resulta de aplicación en caso de llevarse a cabo una segunda ronda electoral”.

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Sin condiciones

El especialista en derecho laboral Eric Briones dijo a La Nación que se debe recordar que las leyes de trabajo son de orden público, lo que significa que con independencia de la nacionalidad, si se ejerce una relación laboral se deben respetar las obligaciones de todas las partes con sanciones en caso de incumplimiento.

“Dentro de un estado democrático que le ha apostado a la escogencia de sus gobernantes mediante el sufragio universal con la participación de todos sus ciudadanos, es que el país introduce diversas normas con el fin de hacer posible y efectivo el mismo, más allá de la mera retórica”, comentó.

El experto detalló que, en primera instancia, se encuentra el deber de todo trabajador de emitir su sufragio de manera libre y sin coacción, ya que lo contrario sería conforme al artículo 70 inciso c del Código de Trabajo (CT), “una influencia totalmente prohibida”.

“O sea una infracción laboral que conforme a la normativa del trabajo se castigaría con la imposición de una multa entre ocho y once salarios o bien en delito electoral si concurren las circunstancias preceptuadas en el artículo 279 del Código Electoral, sean dádivas, amenazas, coacción, entre otras”, puntualizó.

Briones agregó que el ejercicio del voto y la participación activa ciudadana durante el proceso electoral son deberes cívicos constitucionales, por lo que no pueden existir óbices ante dicho ejercicio patriótico, que incluso se encuentra por encima de los deberes laborales.

“Sin una efectiva libertad de expresión materializada en todos sus términos, la democracia se desvanece, el pluralismo y la tolerancia empiezan a quebrantarse, los mecanismos de control y denuncia ciudadana se empiezan a tornar inoperantes y, en definitiva, se empieza a crear el campo fértil para que sistemas autoritarios se arraiguen en la sociedad”, concluyó el doctor en derecho laboral.