Venta de refrigeradoras ahorrativas será obligatoria a partir de marzo

Gobierno introduce requisitos para distribuidores de estos aparatos en términos de su eficiencia energética

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Si necesita cambiar su refrigeradora, pero puede esperarse hasta marzo, hágalo. Desde ese mes entrará a regir en el país una normativa mediante la cual solo podrán comercializarse ciertos modelos que sean más eficientes y ayuden al ahorro de energía.

Los nuevos requisitos técnicos auguran una oportunidad de ahorro en el recibo mensual según el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica, Inteco, que desarrolló las tres normas obligatorias.

Específicamente, las normas E11-1 (INTE 28-01-04), E11-2 (INTE 28-01-05) y E11-3 (INTE 28-01-06) fijan valores máximos de consumo de electricidad tanto en refrigeradores como congeladores domésticos que se fabriquen, importen o vendan en Costa Rica.

El refrigerador representa 34% del consumo energético de un hogar, explicó Mauricio Sibaja, ingeniero de ensayos del Laboratorio de Eficiencia Energética del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y colaborador en la creación de las normas de Inteco.

"Si uno compra un refrigerador nuevo, solo esto equivale a 15% menos en el consumo del hogar respecto a un aparato semejante con 10 años de uso", explicó Sibaja.

Refrigeradores fabricados con tecnología y parámetros de eficiencia del año 2001, respecto a uno fabricado el año pasado, puede suponer otro 20% menos de consumo comentó el ingeniero.

"Si a eso se agrega que estas normas asegura ciertos mínimos de desempeño energético, el ahorro en el recibo puede ser mayor", aclaró Sibaja.

La norma es el resultado de una evaluación tanto al compresor del refrigerador (el motor que impulsa el refrigerante del aparato), como al revestimiento de la unidad (el material que aísla el calor externo).

El análisis de diversos modelos de refrigeradores o congeladores midió la temperatura (aislamientos de materiales) y el consumo de energía, lo cual tiene ver con el compresor.

Al combinar resultados de estos dos aspectos examinados, el aparato obtiene una nota que debe ajustarse a un piso de eficiencia mínimo que fija Inteco. Los límites de eficiencia solo varían según el tipo de refrigerador y su tamaño o capacidad.

Parte de la normativa de Inteco también consiste en la obligación para los distribuidores de colocar una etiqueta amarilla visible para los compradores. Allí se debe detallar el consumo máximo que le corresponde a ese modelo, previamente examinado, según kilovatios hora de consumo al año.

Así la persona sabrá si el aparato cumple los límites fijados. La clave al elegir, es fijarse cuál modelo es más abajo en el consumo tomando como referencia el límite que fija Inteco.

Cómo elegir refrigeradora

Según Inteco, los consumidores deben comparar refrigeradores de características similares: mismo volumen útil, mismo diseño del aparato, disposición de puertas (verticales u horizontales) y mismo sitio donde esté localizado el congelador (en la parte superior o inferior).

Irene Cañas, ministra de Ambiente y Energía a.i., aseguró que las normas garantizarán a los consumidores ahorro, pues los fabricantes e importadores ya están alineados.

“Desde México a Colombia se impondrán estas normas de forma obligatoria y vendrán más similares en próximos meses para aire acondicionados, luminarias, motores de todo tipo y calentadores de agua”, prometió la funcionaria.