Trabas para importar gas natural son inconstitucionales, señala Procuraduría

En respuesta a Sala IV que tramita acción de inconstitucionalidad, PGR se pronunció contra decreto de Minae al considerar que resta competitividad a industria local al limitar acceso a insumo más barato

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Las restricciones para que la industria nacional importe Gas Natural Licuado (GNL) incluidas en un decreto del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) son inconstitucionales, en criterio de la Procuraduría General de la República (PGR). El principal problema, señala, es que solo permita traer ese combustible para sustituir al búnker y excluya otros carburantes.

Así lo expuso el procurador general, Julio Jurado Fernández, en una respuesta a la Sala IV en relación con una acción de inconstitucionalidad contra varios artículos del decreto ejecutivo No. 42747-Minae del 3 de diciembre de 2020. La gestión fue planteada por la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) y se tramita bajo el expediente 21-006714-0007-CO.

El procurador respaldó el reclamo de la Cámara, en cuanto a que el Poder Ejecutivo se excedió en sus competencias constitucionales cuando limitó la importación y uso industrial y comercial del GNL únicamente para sustituir búnker, sin considerar otros combustibles empleados en la actividad productiva.

En su criterio del 5 de mayo del 2021, Jurado indicó a la Sala IV que el gas natural es una fuente de energía más económica y amigable con el ambiente respecto a los combustibles fósiles convencionales de uso regular por la industria y el comercio. Algunos de estos incluyen diésel, gasóleo o combustibles residuales (IFO-380).

Sin embargo, el procurador también recordó que “no existe un monopolio del Estado en la importación de GNL, por lo que las personas privadas, en ejercicio de su libre iniciativa económica, pueden desarrollar esta actividad para su autoconsumo como fuente de energía en la industria”.

El documento agrega que, lejos de restringir el uso del GNL al reemplazo de un hidrocarburo, la regulación cuestionada debió profundizar en otras acciones de fomento para la sustitución de los demás derivados del petróleo en uso por la industria y el comercio que sean menos eficientes por precio y o impacto el ambiente al generar más emisiones de gases de efecto invernadero.

También le da la razón a la Cámara en que el decreto cuestionado no menciona estudios o investigaciones con base en los cuales se condicione la importación de este gas, únicamente para sustituir búnker.

“Sin perjuicio de lo anterior, una previsión de esta naturaleza, por su posible impacto en la economía –no solo en el rebajo de la llamada factura petrolera, sino porque le resta competitividad a la industria nacional ante la restricción de poder emplear insumos de producción más baratos, lo que al final repercute en el bolsillo del consumidor– y sobre todo en el ambiente, necesariamente debía estar precedida de los correspondientes estudios técnicos”, añade el criterio de Jurado.

La CICR informó este martes en un comunicado de que espera que el Minae enmiende el decreto cuanto antes o bien que la Sala Constitucional resuelva su acción de inconstitucionalidad para dejar sin efecto el decreto.

“Negar la posibilidad de utilizar el gas natural es dejar el país atrás en una transición energética que en el mundo ya empezó y significa condenar a nuestra economía a competir en condiciones adversas”, declaró Enrique Egloff, presidente de los industriales.