Sala IV apoya a diputados a exigir al ICE aclarar sus finanzas como condición para crédito

Magistrados respondieron a consulta de grupo de legisladores que discuten préstamo del BID por $500 millones para el Instituto

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

La Sala Constitucional avaló la intención de un grupo de diputados de obligar al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) a implementar en un año normativa contable internacional, como requisito para aprobarle un crédito por $500 millones.

La Asamblea Legislativa aprobó en setiembre, en primer debate, el proyecto de préstamo entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Gobierno de Costa Rica (como fiador) por $500 millones.

Estos recursos serían destinados para que el Instituto construya obras de generación de energía con fuentes limpias. El convenio se tramita bajo el expediente 19.998.

Sin embargo, antes de someterlo al segundo debate y definitivo, un grupo de 19 legisladores acudieron a consultar a la Sala si existía algún vicio de inconstitucionalidad en ponerle al ICE una condición para aprobar el préstamo.

Dicho requisito consistía en obligar a la entidad a aplicar plenamente las llamadas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), al año siguiente de la aprobación del empréstito. Esa moción la introdujo el diputado cartaginés Mario Redondo, de la Alianza Demócrata Cristiana (ADC), y generó opiniones encontradas entre los legisladores.

En la práctica, las normas NIIF sirven como marco para elaborar estados financieros y presentar la información de cualquier entidad económica al evitar o reducir discrepancias de criterio que pudieran llevar a diferencias sustanciales en los datos.

Según la resolución 2017-019636 de este martes 12 de diciembre, los magistrados señalaron que la moción, lejos de ser inconstitucional, persigue una "mayor eficacia y una mejor transparencia" de los aspectos financieros del proyecto de ley, al orientar y permitir que los efectos financieros de se crédito se implementen y expongan conforme los más actuales estándares sobre la materia.

De acuerdo con el fallo, la condición planteada permite una mejor comunicación financiera entre el ICE y el BID para la adopción de este tipo de contrato individual, y "una mejor seguridad para el Estado de que su garantía está salvaguardas sin innecesarias exposiciones".

"Al disponer que el ICE implemente en un período de tiempo determinado normas de información financiera relevantes que posibiliten aquella comprensibilidad, fiabilidad y comparabilidad, el proyecto gana en transparencia y seguridad para la institución y el Estado mismo", explica la resolución.

El diputado Mario Redondo celebró la decisión de la Sala, la cual calificó como un "triunfo de la transparencia".

La pronta implementación de las normas NIIF por parte del ICE también ha sido un reclamo de la Contraloría General de la República, entidad que alega la imposibilidad de conocer la salud financiera del Instituto.

Alto endeudamiento

Al aplicar las NIIF, el ICE estará obligado a registrar sus arrendamientos operativos como arrendamientos financieros, lo cual reflejaría el nivel de endeudamiento real del Grupo ICE.

A noviembre del 2015, el Instituto estaba al borde de superar el máximo de endeudamiento permitido por ley.

El nivel de deuda de la empresa pública ascendió al 39% del total de sus activos en junio del 2015 y el límite es 45% según la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones (8660).

El ICE tiene bajo esquema de arrendamiento operativo el Proyecto Térmico Garabito (Puntarenas), el Proyecto Geotérmico Las Pailas (Guanacaste) y las plantas hidroeléctricas Toro III y Cariblanco en San Carlos y Sarapiquí (Alajuela), según sus estados financieros.

Bajo esta modalidad, todos los gastos operativos de esos proyectos se pueden trasladar a la tarifa de electricidad pagada por los consumidores. Como arrendamiento financiero, esos gastos ya no podrían pasarse a las tarifas de luz.