Multa para choferes ebrios y temerarios sube ¢3.000

Castigo por transportar niños sin dispositivos de seguridad cambiará de ¢207.088 a ¢209.200

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Hacer un giro en U en lugares no permitidos, adelantar por el espaldón, manejar a más de 140 kilómetros por hora o conducir bajo los efectos de ebriedad figuran entre las faltas más graves de la ley de tránsito.

Para todas estas infracciones con multas categoría A, el nuevo año traerá un aumento de ¢3.126.

De esta forma, aquel conductor que sea sorprendido en algunas de esas conductas se ganará un parte por ¢309. 574. Hasta el 31 de diciembre la multa es de ¢306.448.

El aumento lo determinó el Consejo del Poder Judicial en la sesión del del 10 de noviembre de 2015. Ese órgano es el responsable de determinar los ajustes en las multas por disposición del artículo 148 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas.

Se trata de un incremento del 1% que para el director de la Policía de Tránsito, Mario Calderón, resulta insuficiente para modificar la actuación de los choferes.

"La sanción tiene que morder para que usted sienta. ¿Qué es morder? Es tocarle el bolsillo a la gente, las sanciones que tenemos, en algunos casos, son muy superadas por los salarios costarricenses, eso está por ley y yo no las puedo variar", manifestó Mario Calderón, director de la Policía de Tránsito.

La preocupación obedece a que solo en el año que está por finalizar se registraron 376 fallecimientos por accidentes. Estas son las muertes en el sitio.

LEA: Muertes tiñen a dos tramos de carreteras como los más peligrosos

Otras multas. En el caso de las multas de las otras cuatro categorías de multas los aumentos serán de entre ¢2.112 hasta ¢224.

Por ejemplo, los conductores de carros particulares que transporten niños sin los dispositivos de seguridad de ley o bien motociclistas con menores de cinco años pagarán ¢209.200 en vez de los actuales ¢207.088.

Para la categoría C el alza es de ¢1.056, pues pasa de ¢103.544 a ¢104.600. Ese el castigo para los motociclistas sin implementos reflectivos o choferes que lleven exceso de carga.

Las penalidades menores de las categorías D y F tendrán un alza de ¢522 y ¢224, respectivamente. La primera pasa de ¢51.249 a ¢51.771 y la segunda, de ¢21.963 a ¢22.187.

Esta última es la que se aplica a los choferes que irrespeten la restricción vehicular. Colaboró Diego Bosque