Libertarios piden a Sala IV recortar 'privilegios abusivos' a personal del ICE

Magistrados constitucionales acogen para estudio acción que cuestiona, entre otros aspectos, otorgamiento de 15 días hábiles de vacaciones a los trabajadores antes de cumplir un año de trabajo

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San José.

Tres diputados del partido Movimiento Libertario presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de lo que califican como "privilegios abusivos" del personal Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), al juzgarlos contrarios a los principios constitucionales de razonabilidad, proporcionalidad y equilibrio presupuestario.

La acción ya fue acogida para estudio y se tramita bajo el expediente N° 17-003314; la firman los legisladores Otto Guevara, Natalia Díaz y José Alberto Alfaro y se centra en varias disposiciones del Estatuto de Personal N°5817, del 18 de diciembre del 2007.

Esta es la tercera acción de inconstitucionalidad interpuesta por este grupo contra supuestos privilegios laborales en entidades públicas. La Sala Constucional ya tramita una en contra de la convención colectiva de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) presentada por Guevara en junio del 2016 y otra en contra de los beneficios que paga la Universidad de Costa Rica; también acogida por los magistrados en noviembre anterior.

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En el caso del ICE, el trío cuestiona el otorgamiento de 15 días hábiles de vacaciones a los trabajadores luego de las primeras 50 semanas de trabajo y al cumplirse el segundo, tercero y cuarto año de trabajo. El beneficio luego cambia a 22 días hábiles a partir del quinto año y hasta el noveno año de trabajo, ambos inclusive. Además, según el estatuto, se dan 30 días hábiles a partir del décimo año de trabajo.

Los libertarios también denuncian que, según el estatuto, los representantes sindicales tendrán prioridad para conservar el empleo, "cualquiera que fuere el origen de una eventual disminución de la fuerza de trabajo".

Otro cuestionamiento se centra en los permisos con goce de salario, entre ellos el que concede seis días hábiles por matrimonio del trabajador. El beneficiario puede fraccionar el período en dos partes, antes de la fecha del matrimonio para trámites y diligencias relacionadas y la segunda después de la fecha de matrimonio.

Además objetaron el pago de un aumento del 3,56% del salario base de cada categoría, el cual se paga todos los años de servicio efectivo; este ajuste es adicional a los dos que se pagan ordinariamente cada año en el sector público.

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Para los congresistas tampoco es válido que a estos trabajadores se les reconozca a razón de un mes de salario por cada año laborado o fracción no menor de seis meses. Cuando ese tiempo sobrepase ocho años, se le reconocerá un mes de salario por cada dos años laborados, con lo cual la cesantía podría llegar a pagarse hasta por 24 salarios (el tope de cesantía para el resto de trabajadores es de 8 años).

"Debemos detener estos abusos en el sector público, ya que muchos de estos son pagados por todos los costarricenses a través de nuestros impuestos o tarifas como en el caso del ICE, donde esos privilegios encarecen la luz que pagamos todos", expresó Guevara, el jefe de fracción del Movimiento Libertario.