INS deberá examinar a afectados por Nemagón

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El Instituto Nacional de Seguros (INS) deberá realizar exámenes médicos a los extrabajadores bananeros afectados por el pesticida Nemagón, para así poder concluir los trámites de indemnización.

El señalamiento lo dio la Sala Constitucional al fallar con lugar un recurso de amparo interpuesto por los exobreros de las bananeras.

El Nemagón –también conocido como DBCP– se utilizó hace más de tres décadas en el país para combatir las plagas de gusanos en los cultivos, pero a finales de los noventa se determinó que tenía efectos nocivos en la salud humana.

En su resolución, la Sala exige al INS no solo la aplicación de exámenes médicos a los afectados, sino también que, una vez con los resultados, “las gestiones de indemnización sean resueltas en el plazo máximo de dos meses”, dice el escrito.

Discrepancias. El recurrente del recurso fue el exdiputado José Merino del Río, quien manifestó a los magistrados que al menos 2.000 personas tenían pendiente el estudio médico para efectuar el trámite de indemnización.

Sobre este particular, el INS informó ayer de que “ a la fecha no hay pendientes”, según respuestas a un cuestionario de este medio.

Orlando Barrantes Cartín, secretario general del Consejo Nacional de Trabajadores Bananeros (Conatrab), dijo que estiman en unas 3.000 las personas que todavía no han recibido indemnización.

Datos del Instituto indican que, desde el 2003, 1.113 personas han sido indemnizadas por un monto total que supera los ¢558 millones (esto para un acta de entendimiento).

Además, por medio de la ley 8.130 para la indemnización de los extrabajadores de la bananeras, impulsada en el año 2000, 8.903 personas han recibido compensación.

Diversos montos. Según el INS, la indemnización que recibe un exempleado bananero al que se le determinó que su salud fue afectada por el Nemagón depende precisamente del daño causado.

El monto máximo que paga la entidad es de ¢1,6 millones, si hay un daño físico comprobado.

El resarcimiento se reduce al 25% (¢400.000) cuando la comprobación se hace por tiempo de exposición al pesticida.