Así será la restricción vehicular del 19 al 30 de mayo

Este miércoles solo podrán circular placas impares y se alternarán durante los 12 días siguientes

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La saturación de los hospitales nacionales por los altos niveles de contagio de coronavirus, obligó al Gobierno a endurecer la restricción vehicular sanitaria en Costa Rica del 19 al 30 de mayo de 2021.

Durante 12 días podrá circular solo la mitad de los vehículos, para disminuir la movilidad de las personas. La restricción se aplicará según la terminación par o impar de las matrículas de los automóviles.

Este miércoles podrán usar su carro o motocicleta los propietarios con placas impares (1, 3, 5, 7, 9) , mientras que el jueves podrán hacerlo aquellos con matrículas pares (0, 2, 4, 6, 8). Así se alternará cada día.

Pueden circular la semana del miércoles 19 al domingo 22

  • Miércoles: impares.
  • Jueves: pares.
  • Viernes: impares.
  • Sábado: pares.
  • Domingo: impares.

Pueden circular la semana del lunes 24 al domingo 30 de mayo

  • Lunes: pares.
  • Martes: impares.
  • Miércoles: pares.
  • Jueves: impares.
  • Viernes: pares.
  • Sábado: impares.
  • Domingo: pares.

La circulación se mantendrá de 5 a. m. a 9 p. m., hora a la que se iniciará la limitación generalizada al tránsito, en todo el país y todos los días, excepto para aquellos conductores que por razones de trabajo, emergencia o determinadas condiciones deban movilizarse y así esté consignado en una carta o documento.

Los cambios dados a conocer este martes no estarán acompañados de cierres de establecimientos con permiso de funcionamiento, según informó el presidente de la República, Carlos Alvarado, en conferencia de prensa.

“Es muy importante decir que el Gobierno de la República no optará por cierres de negocios. No obstante, se aplicará una restricción vehicular sanitaria por placas por los próximos 12 días, manteniendo los horarios que están vigentes”, manifestó el mandatario.

Incumplir la restricción vehicular sanitaria sin carta de excepción válida implica una multa de ¢110.729.