Adultos mayores sin saber leer ni escribir vencen a CCSS, IMAS y Conapam

Sala Constitucional falló a su favor en reclamos por asistencia social y realización de cirugía oftalmológica. Cada mes, al menos, dos personas que no saben leer ni escribir presentan reclamos ante los magistrados.

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¿Imagina ser un adulto mayor, pobre y enfrentar la maquinaria estatal para obtener una cirugía que le salve la vista o para asistencia social que le permita dormir bajo un techo? De entrada, cualquier ciudadano en esas situaciones tiene la cancha cuesta arriba.

Le esperan meses de tocar puertas en oficinas ocupadas por búrocratas, presentar papeles, gestionar citas, reclamos, pedir sellos de recibido y quién sabe cuántos trámites más.

Ahora imagine esos mismos escenarios, pero siendo una persona que no sabe leer ni escribir. Eso es lo que enfrentaron, entre octubre de 2021 y enero de 2023, dos adultos mayores que sufrieron violaciones a sus derechos por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam).

Los dos casos son referencias, pero no son los únicos. Según la Sala Constitucional, todos los meses, al menos, dos personas analfabetas presentan recursos de amparo para exigir respuestas a sus problemas. El número llama la atención, pues Costa Rica es el país de la región con mayor tasa de alfabetización.

De acuerdo con datos publicados por el Banco Mundial, hasta 2021, la tasa de alfabetización en el país entre personas mayores de 15 años era del 98%. Mientras que Nicaragua y Guatemala tienen un 83%, Honduras un 89%, Panamá un 96%, Belice un 81% y El Salvador un 90%.

Luis Ardón Acuña, secretario de la Sala Constitucional desde hace 20 años, manifestó que la mayoría de las personas analfabetas que presentan recursos de amparo son costarricenses adultos mayores, pero también hay individuos entre los 30 y 50 años. La mayoría provientes de fuera de la Gran Área Metropolitana.

Esa condición obliga a la Sala Constitucional a emplear mecanismos que permitan analizar esos casos sin discriminación, por eso un funcionario toma la declaración de los recurrentes que no saben leer y escribir, levanta un acta, redacta el recurso de amparo y solicita una forma a través de una rubrica o una huella digital.

“Nosotros como funcionarios judiciales no podemos dar asesoría de fondo, porque tenemos prohibición legal, pero sí se intenta, por lo menos, guiar a la persona para que brinde la información necesaria para poder tramitar el recurso de forma adecuada”, declaró Ardón.

El objetivo principal es que, ante la imposibilidad de contactar al recurrente por correo electrónico para pedir información adicional, se tengan, desde el inicio del trámite, todos los datos necesarios para que los magistrados valoren el asunto.

Así ocurrió con los dos ancianos que enfrentaron a la Caja, al IMAS y a Conapam. El primero, un hombre de 69 años con diagnóstico de cáncer, en pobreza extrema y exprivado de libertad, demostró que acudió al IMAS y Conapam por ayuda para conseguir comida y techo, pero no tuvo respuesta efectiva. Él consiguió un fallo a favor en octubre de 2021, luego de gestionar ante esas dos entidades desde julio de 2020.

El segundo recurrió a la CCSS porque, tras presentarse a una clínica josefina con dolor en su ojo izquierdo, le programaron una cirugía hasta 2024. Declaró ante el funcionario judicial que tomó su declaración el 11 de enero de 2023 y el 1.º de febrero alcanzó una sentencia a su favor. La Caja ni siquiera contestó las preguntas hechas por los magistrados.

¿Cómo notificar?

En casi todos los casos, una persona que no sabe leer y escribir no posee un correo electrónico para notificaciones. Además, si lo tuviera y recibe por esa vía una sentencia, no podría interpretarla.

“Muchas veces las direcciones que señalan están fuera de la GAM y no son direcciones exactas y tenemos ese problema de que si les llega una resolución, no van a saber qué es. No es usual, pero en aras de garantizar la tutela de los derechos de estas personas se señala un teléfono para poder llamarlos (...) Nos pasa que hay gente que, ni siquiera, tiene un teléfono”, detalló Ardón.

En esos casos, al recurrente le entregan un folleto con números de teléfono para que, dentro de unas semanas, llame a la Sala Constitucional y consulte por su gestión.

“Se le da el número de expediente, se le dice: ‘vea este es el número por el que tiene que preguntar o consiga alguien que le ayude’”.

Ardón agregó que la mayoría de asuntos por los que asisten las personas que no saben leer y escribir a la Sala Constitucional están relacionados con presuntas violaciones al derecho a la salud y la solicitud de asistencias sociales.

En otros buscan a los magistrados por incumplimiento en el pago de liquidaciones laborales, en esas oportunidades le explican al recurrente que “ese es un tema de otra jurisdicción, pero de todas maneras no se le puede negar el derecho de interponer el recurso de amparo”.

La Sala Constitucional no lleva un registro estadístico exacto de las personas analfabetas que presentan amparos, por eso no se puede precisar cuántos son declarados con lugar o sin lugar. Sin embargo, estiman que, aproximadamente, el 30% tiene un resultado a favor del recurrente.

A partir de este año, la Sala Constitucional contabilizará las gestiones presentadas por personas que no saben leer y escribir.

“La primera vez que atendí a una persona que no sabía leer y escribir pensé que era un caso aislado, porque era una persona costarricense, yo pensé que era un migrante, eso era un prejuicio de mi parte, pero luego una piensa a ver que es una conducta relativamente reiterativa”, concluyó Ardón.