CCSS presupuesta ¢3 millones para retrato al óleo de Román Macaya

Contratación se aprobó por unanimidad de la Junta Directiva de la Caja el 4 de agosto de 2022. Obra deberá ser hiperrealista y medirá 66 cm de alto por 54 cm de ancho

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La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó por unanimidad en su sesión del 4 de agosto del 2022, la confección de un retrato en óleo del ex presidente ejecutivo de la institución Román Macaya Hayes (2018 - 2022). Para el pago de la obra, la Dirección de Comunicación Organizacional de la Caja presupuestó ¢3 millones, y “en caso necesario, la partida será reforzada”.

Actualmente, la asignación del retrato se encuentra en etapa de contratación en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop). Según aclaró la Dirección de Comunicación Organizacional de la Caja en un oficio fechado el 6 de setiembre, la obra deberá ser hiperrealista, hecha al óleo sobre tela en fibra natural (lino o algodón), con 66 centímetros de alto y 54 centímetros de ancho.

Además, la persona contratada deberá entregar un “producto terminado con secado completo”, en “materiales complementarios de alta calidad y durabilidad”. El lienzo deberá tener un marco de tipo florentino.

En una “justificación para proceso de compra directa del retrato”, enviada por la subárea de Patrimonio Cultural de la CCSS a la Dirección de Comunicación Organizacional el 30 de agosto, se propone “la contratación directa al oferente y artista nacional Rolando Cubero Murillo”.

La subárea de Patrimonio Cultural de la Caja justificó que Cubero fue propuesto para realizar el óleo debido a que “es uno de los pintores más influyentes de Costa Rica en la actualidad”, y “su especialidad artística es precisamente el hiperrealismo, en una carrera donde ha ejecutado cuantiosas obras”.

Según el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, artículo 139 inciso b, los “Bienes o servicios artísticos o intelectuales son incompatibles con el concurso”, por lo tanto, “la administración podrá contratarlo de forma directa”. No obstante, ese mismo inciso establece que la compra debe darse “a precio razonable”.

¿Cómo definir qué es un precio razonable? Dicho reglamento establece que “cuando la obra no haya sido creada, se podrá utilizar un certamen, donde el procedimiento de selección será el juicio crítico de expertos reconocidos en una comisión de no menos de tres integrantes y no más de cinco”.

La Nación contactó con la CCSS para consultar por qué se promovió la confección de dicha obra artística y cuál es la justificación de que se presupuestaran ¢3 millones en este rubro. Hasta el momento de publicación de esta nota, no se obtuvo respuesta.

Colaboraron las periodistas Natasha Cambronero y Patricia Recio.