Para los días lunes 28, martes 29 y miércoles 30 de diciembre, la restricción vehicular sanitaria rige de 10 p. m. a 5 a. m., salvo excepciones.
No obstante, también se aplica la restricción en horario diurno por modalidad de placas:
Lunes: no pueden circular placas terminadas en 1 y 2
Martes: no pueden circular las placas terminadas en 3 y 4
Miércoles: no pueden circular las placas terminadas en 5 y 6
Horario diferente en fin de año
El jueves 31 de diciembre la restricción nocturna regirá desde las 7 p. m. hasta las 5 a. m.
Luego, los días viernes 1.° de enero, sábado 2 y domingo 3, la prohibición de circulación en horario nocturno regirá a partir de las 8 p. m.
Restricción en enero
A partir del 4 de enero, la restricción regresará al horario de 10 p. m. a 5 p. m. entre semana, pero también se restringirá la circulación durante los fines de semana según placas pares e impares y la restricción empezará a las 9 p. m. en esos dos días.
-Sábados solo podrán transitar los vehículos terminados en 0, 2, 4, 6 y 8
-Domingos solo podrán circular los que tengan placas que finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9. entre 5 a.m. y 9 p.m.