TSE rechaza referendo sobre una Asamblea Constituyente

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó someter a referendo un proyecto de ley para convocar a una Asamblea Constituyente, con la cual un grupo de ciudadanos pretendía promulgar una nueva Constitución Política.

El 5 de setiembre, varios costarricenses encabezados por el exdiputado liberacionista y excontralor general, Alex Solís Fallas, solicitaron al TSE autorización para recolectar firmas con el objetivo de llevar a consulta popular una propuesta legal de constituyente acuerpada por ellos.

No obstante, el Tribunal rechazó el permiso por considerar que el proyecto de ley contiene vicios de inconstitucionalidad. Así consta en la sentencia 6187-E9-2016 del 13 de setiembre anterior.

El letrado Andrei Cambronero explicó que los magistrados señalaron tres errores en el texto.

El primero es que la propuesta abriría tres vías para postular a los diputados que integrarían la Asamblea Constituyente:

-Mediante los partidos políticos

-Mediante sindicalistas, solidaristas, cooperativistas, ecologistas, empresarios y colegios profesionales

-Mediante personas físicas que inscriban su nombre con el respaldo de 20.000 firmas

Según el letrado Cambronero, las últimas dos opciones violan la Constitución Política, porque en Costa Rica solo los partidos políticos pueden presentar candidaturas a cargos de representación popular. Según la resolución de los magistrados, el proyecto "contraviene el monopolio de postulación de candidaturas que constitucionalmente se reconoce a las agrupaciones políticas".

La segunda objeción es que el proyecto de ley le pone límites a la propia Asamblea Constituyente, al establecer que sus integrantes se comprometerían "a no eliminar ni disminuir los derechos y garantías fundamentales contenidos en la Constitución vigente, de manera especial los de contenido social o los asociados con la propiedad privada”.

Para los magistrados, no es posible imponerle restricciones a una Asamblea Constituyente porque esta representa el máximo poder soberano en una democracia.

"Este Tribunal comprende la preocupación de los promoventes por no desmejorar la parte dogmática del texto constitucional vigente; empero, ello no es suficiente para obviar las potestades naturales de los diputados constituyentes, máxime cuando la ideología de matriz democrática que caracteriza el constitucionalismo, por regla de principio, impide establecer reservas o límites al Poder Constituyente como los que pretende el proyecto", dice la resolución.

En tercer lugar, el TSE criticó el hecho de que el proyecto no contemplara la celebración de un referendo posterior para que la ciudadanía aprobara o improbara la nueva constitución que definiera la Asamblea Constituyente, a fin de verificar "si recoge ideales, aspiraciones y valores de todo el colectivo", explicó Cambronero.

De acuerdo con el letrado, la profundización en la participación ciudadana en la democracia contemporánea hace necesario que, cuando se plantee un proyecto de constituyente, se prevea que el texto tiene que ser aprobado vía referendo.

"El control posterior de sus actuaciones –a través de la necesaria aprobación del nuevo texto político fundamental vía referéndum– supondría un contrapeso ciudadano a sus prerrogativas, como indispensable válvula de seguridad democrática respecto del pacto político negociado en la Constituyente. En ese sentido, esta Autoridad Electoral, también echa de menos la referida cláusula: los promoventes no previeron en su proyecto que, una vez elaborada la nueva Constitución Política por parte de la Asamblea Constituyente, el texto deba someterse a referéndum", expresaron los magistrados.

Consultado por La Nación, Alex Solís declaró que continuarán adelante con la iniciativa. "No nos vamos a detener, vamos a seguir trabajando respetuosos de lo que plantea el TSE, corrigiendo lo que haya que corregir", dijo.

Solís sostuvo que estudiarán a profundidad las objeciones de los magistrados y estudiarán todas las opciones para insistir en la creación de una Asamblea Constituyente.

"Los problemas del país son muy serios, Costa Rica está congelada, esta lucha se da para superar esta crisis y hacer de Costa Rica un Estado más eficiente y permitirnos a todos ser más competitivos. Nos disponemos a dar los pasos que sean necesarios para que en el 2021, al celebrar el bicentenario de la independencia, lo podamos hacer con la promulgación de una nueva Constitución para romper esta parálisis", insistió.