Sala IV rechaza reinstalar a seis directivos del ICE que el Gobierno separó por investigación

Altos jueces afirman que no se violó debido proceso y que excede a sus competencias juzgar decisión del Gobierno

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La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo que plantearon seis miembros del Consejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) a quienes separó el Gobierno, el 29 de enero, para investigar posibles irregularidades ocurridas durante su gestión.

El recurso lo interpusieron conjuntamente Farid Beirute Brenes, Rodrigo Bogarín Navarro, Irma Pérez Guevara, Eugenia Gutiérrez Castro, Ruth Martínez Cascante y José Mario Jara Castro, a quienes el Gobierno separó cuatro meses de sus cargos a partir del 29 de enero.

La gestión se interpuso el 2 de febrero contra el Consejo de Gobierno. Sin embargo, el tribunal constitucional declaró sin lugar el amparo este 14 de mayo.

Entre sus argumentos, los magistrados sostienen que excede su competencia determinar la procedencia e idoneidad de la medida cautelar de separación por cuatro meses, o bien, establecer la necesidad de imponer otra diferente.

“En consecuencia, de considerarlo pertinente, las recurrentes cuentan con la posibilidad de plantear sus inconformidades o reclamos ante la misma autoridad recurrida, o en la jurisdicción ordinaria competente; vías en las que podrán, en forma amplia, discutir el fondo del asunto y hacer valer sus pretensiones”, señala la resolución N.º 2019-008463 del expediente 19-001812-0007-CO bajo el cual se tramitó el reclamo.

Además, los altos jueces aclaran que los acuerdos que el Consejo de Gobierno adoptó ese 29 de enero sí le fueron notificados a todos los directivos, por lo tanto, “no se encuentra ninguna razón para considerar que los recurrentes hubieran quedado en indefensión, o que se hubiera violentado el debido proceso constitucional en su perjuicio”.

La decisión de separar a los directivos del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) fue justificada por el Consejo de Gobierno por la necesidad de investigar dos hechos específicos.

Uno es el pago presuntamente indebido de cesantías a empleados del ICE trasladados a otra empresa del Grupo ICE o a otro régimen laboral dentro de la entidad.

El segundo hecho es la eliminación, aparentemente sin sustento jurídico, de la figura del gerente general y el posterior nombramiento interino en ese cargo de Jaime Palermo Quesada; gerente de Telecomunicaciones del Instituto.

El recurso de amparo se tramitó bajo el expediente 19-1812-CO, instruido por el magistrado Fernando Cruz.