Sala Constitucional reafirma que particulares no podrán dar donaciones a partidos políticos

Alegatos del accionante se rechazaron por no tener fundamentos claros

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San José (Redacción). Personas ajenas a los partidos políticos no podrán dar contribuciones a estos para el financiamiento de sus campañas.

La Sala Constitucional reafirmó esta tarde –por unanimidad– su posición sobre el tema del financiamiento de particulares a esos grupos, tras rechazar una acción de inconstitucionalidad.

El accionante alegó el 14 de marzo del 2013, que los artículos 128, 274, 275 y 276 del Código Electoral, violan los principios de libertad, razonabilidad e igualdad, la libertad de comercio y el derecho a la propiedad privada.

Esas normas regulan los delitos relacionados con el financiamiento de las campañas políticas por personas extranjeras y jurídicas (sociedades).

El máximo órgano constitucional refutó los alegatos del accionante al considerar que hubo falta de fundamentos claros y precisos del motivo de inconstitucionalidad.

“Solamente se efectuaron afirmaciones genéricas sobre principios, sin relacionar su contenido con las normas cuestionadas”, se lee en la sentencia redactada por el Presidente interino de la Sala, Gilbert Armijo.