Rónald Víquez: ‘Hay impunidad administrativa en la Asamblea’

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El Procurador de la Ética Pública, Rónald Víquez, lanza un llamado para que se cumpla con la sentencia de la Sala IV del 2010, que condenó a la Asamblea Legislativa a establecer un régimen disciplinario que permita castigar las violaciones a la ética y la probidad de los diputados. Sin embargo, el abogado del Estado afirma que ante la negativa del Congreso por cumplir, de momento, lo que se genera es impunidad administrativa.

¿Qué nos puede decir de las tres resoluciones que ha emitido la Procuraduría de la Ética contra diputados, y donde también advierten al Congreso que siguen en mora con respecto de la orden de la Sala IV del 2010?

El año pasado hicimos tres informes. No le puedo revelar el contenido de los mismos, pero sí, la información de carácter público es que uno se trata del informe 11 2 15 del 28 de agosto del 2015, contra el diputado Óscar López. Igualmente lo hicimos en el informe 12 del 2015. Es el caso de Kattia Martin, en contra del Directorio Legislativo y también el 6 de 2015, del diputado Jorge Arguedas.

En los tres se le ha dicho a la Asamblea que debe acatar lo ordenado en el voto 2010-11352 de la Sala Constitucional, que obligaba a crear este régimen sancionatorio a través de las reformas constitucionales del caso, para contar con un instrumento idóneo que incorpore las faltas al deber de probidad, como una causal para la pérdida de credenciales.

De existir ya un instrumento legal en el Congreso, que castigue las faltas de probidad, estos tres expedientes debieron haber sido elevados.

Nosotros hacemos una investigación preliminar y si detectamos posibles faltas al deber de probidad o deberes éticos se hace un informe al superior del funcionario. En este caso sería al Directorio legislativo, donde se le indica que hay una falta de alguno de los diputados, y que entonces se debe establecer o valorar la apertura de procedimientos administrativos.

Pero hoy en día no es así.

No. Por eso en estos tres expedientes hacemos la advertencia de que la Asamblea está en mora respecto de una obligación que desde el 2010 fue dictada por la Sala Constitucional y tenían un plazo hasta el 2013 de establecer un régimen sancionatorio.

En el caso de Kattia Martin, sería el nuevo Directorio legislativo el que, en teoría, debía abrir un procedimiento en contra de las anteriores cabezas del Congreso.

Ellos tienen que valorar los alcances del informe, que yo no puedo revelar. Pero en buen entendimiento, el Directorio debe establecer y decidir qué hacer.

Pero hoy en día no hay un instrumento, ninguna norma, que permita aplicar una sanción disciplinaria contra los diputados que actúen en contra de la probidad o la ética.

No hasta el momento.

Pero al menos cinco diputados de la actual Asamblea debieron, en teoría, someterse a un régimen disciplinario, en vista de sus informes.

Sí, y hay otras causas. Lo que les hemos dicho es que deberían de analizarse la viabilidad de abrirse los expedientes administrativos del caso.

¿Qué se debe entender por probidad, don Rónald?

El deber de probidad tiene varios contenidos. Entre ellos está el que la función debe estar orientada a la satisfacción del interés general, la rendición de cuentas, el que debe haber objetividad e imparcialidad. Las acciones de los funcionarios deben estar encaminadas a los objetivos propios de la institución, así como otros contenidos que define el artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, que es el eje central de la administración.

Sin caer en una observación de fondo, esto quiere decir que alguno de estos elementos que usted acaba de señalar, fueron violentados o pudieron ser violentados por los diputados señalados en sus informes.

Los productos que hace la Procuraduría en una investigación, se pueden catalogar en tres: una resolución, cuando no encontramos mérito; o una acción de recomendación cuando aún, con mérito o sin él, creemos que es necesario establecer (responsabilidades), o cuando encontramos que eventualmente pudo haber una falta al deber, elevamos un informe.

¿Y hablamos de informes?

Así es.

¿Qué opina del atraso de la Asamblea en el cumplimiento de la sentencia de la Sala?

Evidentemente hay una mora. La Sala, de forma tajante y directa, le dio un plazo de tres años a la Asamblea para que ejecutara las reformas necesarias que introdujeran una causal de pérdida de credenciales por las violaciones a los principios de probidad, pero eso no ha sucedido. Cerca de vencer el plazo, en 2013, se hizo un reglamento ético que ni por asomo cumple con las exigencias de la Sala, y así se les hizo ver. Aún estamos esperando una decisión de parte de los legisladores.

¿Se ha acercado algún diputado a gestionar alguna reforma en este sentido?

En una oportunidad se presentó un señor diputado con un proyecto, pero lo que buscaba era que las resoluciones de la Procuraduría de la Ética fueran de acatamiento obligatorio. Se trataba de don Ottón Solís, pero aparte de eso, no ha habido ningún otro acercamiento. Lo que me parece, el Directorio resolvió, es que no hay legislación (para aplicar los informes) y que se estaba a la espera de que se aprobara.

¿Esa última comunicación cuándo fue?

A mediados del año pasado, y hasta tanto, no haya legislación en ese sentido, no creo que el asunto vaya a prosperar.

Se ha visto a diputados abusar del régimen de confianza de asesores, a otros abusando del uso de vehículos del Congreso, se ha visto a diputados pidiendo abrir cuentas de protocolo para invitar familiares. A criterio suyo ¿Por qué es necesario establecer un régimen disciplinario?

Porque hay acciones, muchas, que no necesariamente llegan a constituir delito. Son evidentes o posibles infracciones a deberes éticos o de probidad, pero que no constituyen delito, y entonces, de alguna manera se genera impunidad administrativa y falta de transparencia. De los casos que usted menciona, pareciera que son constitutivos de verdaderos tipos penales, como peculado o peculado de uso, que sí es necesario establecer las denuncias penales, y que se levante el foro. El tema de los nombramientos de confianza debe regularse. Es necesario tener reglas claras.

¿Vive la Asamblea Legislativa en un régimen de impunidad desde el punto de vista de probidad?

En este momento, falta un régimen sancionatorio, y en ese sentido, desde el punto de vista administrativo, sí.