Gobierno convoca proyecto de amnistía para deudores de CCSS

Plan perdonaría multas, intereses y sanciones a quienes se pongan al día en el plazo de un año; en el caso de los trabajadores independientes, la iniciativa les perdonaría incluso el monto principal adeudado por el seguro de salud, no así las cuotas del IVM

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Como parte de las medidas para combatir los efectos económicos por la pandemia del covid-19, el gobierno convocó este martes, dentro de la agenda legislativa, un proyecto de ley para perdonarles multas, intereses y sanciones a trabajadores independientes, asegurados voluntarios y patronos que tengan deudas con la CCSS.

La iniciativa del diputado socialcristiano Pedro Muñoz autorizaría a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a condonar esos cobros, siempre y cuando los deudores se pongan al día en el plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la ley.

Para regular su situación, los morosos podrían pagar lo adeudado en un solo tracto, o bien, mediante un convenio o arreglo de pago que no podría exceder los cinco años y que no requeriría de un fiador.

La convocatoria de esta iniciativa de ley, cuyo expediente es el número 21.522, se dio a conocer este martes por la mañana, durante una sesión extraordinaria del plenario legislativo para tramitar, de emergencia, proyectos de la agenda covid-19.

La amnistía aplicaría de la siguiente manera:

Para trabajadores independientes:

-Se les perdonarían todas las cuotas por concepto de Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), tanto la deuda principal como los intereses, multas y sanciones producto de esta.

-Sí tendrían que cancelar las cotizaciones por la deuda principal del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). Sobre este monto se haría el arreglo de pago.

-No obstante, las multas, intereses y sanciones generados por la deuda principal del IVM no serían cobrados.

-Si el trabajador independiente tiene deudas más antiguas a los cuatro años, los pagos que se hubieran acumulado antes de ese tiempo se les perdonan por completo. Es decir, de cuatro años hacia atrás, se les exime de cancelar la deuda principal y los intereses por seguro de enfermedad y maternidad e IVM.

Los porcentajes de cotización de los trabajadores independientes se calculan según su nivel de ingresos, con base en la siguiente tabla, actualizada al 17 de marzo del 2020:

Para patronos:

-Tendrían que llegar a un arreglo de pago sobre las cuotas que adeuden por el seguro de salud, el IMV y los rubros contempleados en la Ley de Protección al Trabajador: aportes al Fondo de Capitalización Laboral, Régimen Obligatorio de Pensiones y aporte patronal al Banco Popular.

-Lo que se les perdonarían son las multas, intereses y sanciones producto del impago.

-Para ellos, no aplicaría la condonación de la deuda por más de cuatro años, pues los derechos del trabajador son irrenunciables.

-Lo que sí rige para los patronos es el plazo de cinco años para el arreglo de pago.

-Además, se les perdonaría toda la deuda, tanto la principal como los intereses, multas y sanciones, de las otras cargas no asociadas con el trabajador. Estas son los porcentajes que deben destinar a las leyes del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), del 0,50%; al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), del 5%; al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), del 1,5%, y al Banco Popular, de un 0,25%.

Para asegurados voluntarios:

-Sí se les cobraría la deuda principal. Se les perdonarían intereses, multas y sanciones.

-Para ellos no aplicaría el no cobro por más de cuatro años de deuda.

Ayuda a pobres

Otro de los proyectos convocados este martes por el Ejecutivo, en medio de la situación por el covid-19, es el expediente 21.759, que permitiría redistribuir más eficientemente el dinero del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf).

La idea es que esos recursos, en lugar de estar sujetos a destinos específicos, puedan invertirse según el nivel de demanda de los programas de ayuda social.

En Costa Rica, mientras unas instituciones de asistencia social gastan casi el 100% de los recursos destinados a combatir la pobreza y aún así les falta dinero, otras entidades utilizan menos del 60%, con el inconveniente de que los recursos sobrantes de unas no pueden ser transferidos a los programas más urgidos de ingresos. La normativa no lo permite.

La finalidad del proyecto es acabar con esa rigidez de la ley y abrir la posibilidad de trasladar los fondos a los programas que más los requieran.

Además, el proyecto 21.759 establece que se agreguen al presupuesto de combate a la pobreza los ¢12.200 millones anuales de ahorro que generará la más reciente reforma a las pensiones de lujo.