Estadounidense condenado por abuso y pornografía infantil pide a Corte IDH anular sanción y castigar a Costa Rica

Thomas Scott Crochran pide que se anule el juicio en el que resultó condenado en el 2004 y que el Estado costarricense le pague una compensación por daños económicos y morales

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Un estadounidense, condenado a 154 años de cárcel, en el 2004, por producir pornografía infantil y sostener relaciones sexuales con menores de edad, demandó a Costa Rica ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por una presunta violación a sus derechos.

La defensa de Thomas Scott Crochran alegó que durante el proceso judicial, el Estado costarricense nunca le informó de que tenía derecho a recibir asistencia consular de su país y que por ese motivo, no tuvo oportunidad de defenderse, de manera adecuada, desde el momento en el que fue detenido, en enero del 2003.

Scott Crochran le solicitó a los jueces interamericanos “restablecer la justicia”, se anule su condena y se le garantice un nuevo juicio en el que, según él, demostraría su inocencia. Además, pidió que se condene al Estado costarricense por los daños morales y económicos que dice haber sufrido.

Las peticiones las planteó este miércoles 9 de noviembre en la audiencia oral del caso, realizada en la sede de la Corte IDH, en San José. Sus abogados, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y los representantes del Estado acudieron al tribunal, pero Scott rindió su declaración de manera virtual, desde la cárcel donde descuenta su condena.

18 años después

En agosto del 2004, el Tribunal de Juicio de San José condenó al norteamericano a 154 años de prisión —de los cuales descontará 45— por sostener relaciones sexuales con menores de edad, producir y distribuir pornografía y suministrar drogas a jovencitos en condiciones de vulnerabilidad.

Durante el debate, en el que se escucharon los testimonios de 11 víctimas menores de edad, también resultó condenado un costarricense de apellidos Pérez Chaves.

El caso llega a la Corte IDH 18 años después, luego de que Scott Crochran apelara su condena ante la Sala Tercera y presentara 25 recursos de amparo en la Sala Constitucional, pues su defensa y la CIDH argumentan que el Poder Judicial violentó su derecho a recibir asistencia consular de los Estados Unidos.

Durante su declaración, Scott Crochran afirmó que cuando llegaron a detenerlo a su casa, minutos antes de la medianoche del 19 de enero del 2003, no entendía lo que estaba sucediendo, pues “tenía un español muy limitado” y nadie le hablaba en inglés. Agregó que la prisión preventiva se la dictaron y comunicaron sin que él comprendiera la medida y que fueron sus compañeros de celda quienes a duras penas le explicaron la resolución.

Añadió, que tuvo contacto con el Consulado de los Estados Unidos hasta una semana después de su detención, cuando familiares suyos solicitaron ayuda con el suministro de un medicamento que necesitaba.

Piden anulación de la condena

Lo que está en disputa es si el Estado le comunicó directamente, desde el inicio del proceso, que tenía derecho a recibir asistencia del Gobierno de los Estados Unidos.

La CIDH y la defensa pública del norteamericano aducen que la información no se le comunicó a Scott con claridad ni a tiempo, y que eso afectó su capacidad de defenderse de los cargos que se le imputaron.

Plantearon, además, que durante el encarcelamiento el condenado ha experimentado “afectaciones considerables a su salud”, depresiones, frustraciones, humillaciones por su orientación sexual e incluso ataques por parte de otros reclusos.

Y en concreto adujeron que esa presunta violación al derecho de defensa fue “grave” y que debe acarrear la nulidad del proceso en el que resultó condenado.

Sin embargo, la magistrada Patricia Solano, presidenta de la Sala Tercera, apuntó que Scott sí ejerció el derecho a la asistencia, pues su detención le fue comunicada al Consulado de los Estados Unidos, el cual intervino con asistencia médica para el entonces imputado. Costa Rica alegó también que Scott no reclamó la supuesta lesión a sus derechos hasta que el proceso judicial ya había avanzado.

Solano cuestionó además la veracidad de que él haya tenido dificultad para comprender lo que ocurría durante el proceso, pues siempre se le proporcionó un traductor, tenía años de residir en Costa Rica y no experimentó dificultades de comunicación al captar menores para sus actividades delictivas.

Pasada la audiencia del caso, el Estado, la defensa del estadounidense y la CIDH plantearán sus argumentos finales por escrito, y los jueces deliberarán sobre el fondo del asunto. El dictado de sentencias por parte de la Corte IDH, por lo general, suele tomar algunos meses. La decisión que finalmente se comunique será de acatamiento obligatorio para el país.