Consejo de Gobierno investiga a directora del BCR que ejerce como jueza pese a prohibición

Liana Noguera Ruiz ocupó ambos cargos de manera simultánea y remunerada, en el segundo semestre del 2022, contrario a lo que indica la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

El Consejo de Gobierno acordó abrir una investigación contra la abogada Liana Noguera Ruiz, por ocupar una silla en la Junta Directiva del Banco de Costa Rica (BCR) al tiempo que ejercía como jueza de la República, pese a que la ley prohíbe a los directivos bancarios ocupar otros cargos en los supremos poderes de manera simultánea y remunerada.

La decisión se tomó el 31 de marzo, una vez que la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) remitió al Consejo un informe sobre la posible incompatibilidad de funciones de Noguera Ruiz, de 35 años, para ejercer el cargo de directiva en el BCR.

Así lo confirmó Yara Jiménez Fallas, secretaria del Consejo de Gobierno, ante una consulta de La Nación. “Sí, se abrió un procedimiento ordinario, conforme lo estipula el ordenamiento jurídico”, indicó en un correo electrónico, en el que detalló que ella dirige ese proceso, según el artículo 33, inciso c, de la Ley General de la Administración Pública.

Noguera Ruiz, de 35 años, fue nombrada en el BCR por el gobierno de Rodrigo Chaves, el 10 de agosto del 2022. Concluida esa investigación interna y de comprobarse la incompatibilidad, la funcionaría podría ser cesada del cargo.

El artículo 25 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional establece que esa es la sanción por violentar el numeral 23, el cual estipula que el “cargo de miembro de una junta directiva es incompatible con los miembros y empleados de los supremos poderes, con excepción de quienes desempeñaren cargo temporal no remunerado”.

Siendo directora bancaria, Liana Noguera fue designada en seis ocasiones como jueza 3 sustituta en el Juzgado de Violencia Doméstica Turno Extraordinario de San José, entre el 20 de agosto y el 9 de diciembre del mismo año.

En total, durante ese periodo, trabajó en el Poder Judicial 20 días y devengó ¢1.384.500, según datos suministrados por la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial.

Ante una consulta de este diario, Noguera afirmó por escrito, el 31 de marzo pasado, que como el caso está siendo analizado en varias instancias no se iba a referir: “No quisiera entorpecer el desarrollo de la misma. Una vez que el tema avance y se den los procesos, me pongo a su disposición, cuando se me haya indicado que ya puedo hacerlo”.

En el seno del BCR

Las pesquisas sobre la posible incompatibilidad de Liana Noguera empezaron a principios de marzo, luego de que ella reveló en una sesión de Junta Directiva del banco que también era jueza de la República.

En el acta de la sesión ordinaria N.° 9-23, del 27 de febrero del 2023, consta que ella dijo: “(...) Yo soy juez, también de la República, y conozco el tema de los salarios (...)”.

La frase fue emitida en otro contexto, cuando se comentaba la renuncia de una asesora legal, quien había renunciado para irse como jueza a Puntarenas. Este hecho encendió las alertas a lo interno de la cúpula del BCR y de inmediato se le pidió un criterio a la Sugef.

El tema se trató en la sesión 11-23, del 6 de marzo del 2023, en la cual se declaró confidencial la discusión hasta que la Superintendencia General de Entidades Financieras se pronunciara oficialmente.

A la Sugef, por ley, le corresponde informar al Consejo de Gobierno cuando debería aplicarse el artículo 25 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, es decir, el cese del cargo por haber incurrido en una incompatibilidad de funciones.

El contenido del informe emitido por la Sugef y lo debatido al respecto en el seno del gabinete de Chaves se declaró confidencial, “en resguardo y protección de los derechos de los investigados”, informó Yara Jiménez Fallas, secretaria del Consejo de Gobierno.

Otra posible prohibición

La doble remuneración recibida por parte de Noguera Ruiz –el pago del BCR y del Poder Judicial–, también podría entrar en posible conflicto con la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (8422).

En específico, el artículo 17 establece que “ninguna persona podrá desempeñar, simultáneamente, en los órganos y las entidades de la Administración Pública, más de un cargo remunerado salarialmente”.

La infracción a este artículo conlleva una posible responsabilidad administrativa y la eventual apertura de un procedimiento interno sancionatorio, de acuerdo con los numerales 38 inciso n, 39, 40 y 41 de esa legislación.

La sanción por esa otra eventual infracción dependería de la conclusión a la que llegue el Consejo de Gobierno. La norma prevé una amonestación por escrito, una suspensión sin goce de la dieta correspondiente, o bien, la separación del cargo sin responsabilidad patronal.