Carlos Alvarado pide alza temporal del impuesto sobre rentas de capital

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El gobierno de Carlos Alvarado les pidió a los diputados subir durante dos años, de un 15% a un 17,5%, la tarifa del impuesto sobre las rentas y las ganancias de capital, el cual recae sobre las ganancias por inversiones como certificados de depósito a plazo, bonos de deuda pública del Gobierno, alquileres o la venta de bienes inmuebles que no sean residencia habitual, entre otras actividades.

Este planteamiento fue incluido en el nuevo proyecto de ley de reducción de beneficios fiscales, el cual fue presentado el 24 de noviembre después de que la Comisión de Asuntos Jurídicos rechazó la primera versión porque derogaba la exoneración del impuesto de renta del salario escolar de los funcionarios públicos.

El nuevo texto establece que pagarían tributo de renta los salarios escolares superiores a ¢1 millón, en vez de ¢842.000 como ocurre con todos los sueldos.

El expediente 22.801 retoma otras propuestas del plan rechazado en Jurídicos, como algunos aumentos en el impuesto a remesas, pero agrega este componente nuevo: el incremento temporal del tributo a las rentas y ganancias de capital.

Priscilla Piedra, socia de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte, explico que este impuesto se paga por todo tipo de inversiones, ya sean títulos valores, certificados a plazo, así como las ventas de muebles o inmuebles, o las ganancias por arrendamiento de inmuebles.

El aumento de 2,5 puntos porcentajes, explicó la experta, aplicaría para personas que, por ejemplo, vendan una casa en la playa que no sea su habitación principal, o bien, una finca o un local, aunque no se dediquen a la actividad de venta de inmuebles.

En el caso de las ganancias por arrendamientos, el tributo recae sobre la ganancia del arrendador. El contribuyente puede aplicar una deducción del 15% por gastos, por lo que tendría que tributar 17,5% durante dos años sobre el monto restante de su ganancia.

El aumento se incluiría como un transitorio que afectaría los párrafos primero y segundo del artículo 31 ter de la Ley de Impuesto sobre la Renta, donde ya se establece la tarifa de ese impuesto en un 15%, salvo para bienes y derechos adquiridos antes de julio del 2019.

En el caso de los inmuebles o cualquier derecho adquirido con anterioridad a esa fecha, en la primera venta se podría aplicar un impuesto del 2,25% a la ganancia de capital.

Además de las ganancias ya mencionadas, con este proyecto también tendrían que pagar la tasa temporal del 17,5% los títulos valores en colones emitidos por el Banco Popular y los títulos de las cooperativas de ahorro y crédito.

En este último caso, se hace la excepción con los títulos valores de las cooperativas que no sean bursátiles, tal como lo estableció la reforma fiscal del 2018. En ese caso, la tarifa es del 7%.

Sobre los títulos valores emitidos por el Popular, la propuesta del Gobierno es eliminar la tasa diferenciada que tienen hoy y llevarlos de una vez a la tasa general del 15%, más la sobretasa temporal por dos años que regiría para todos los casos.

La versión anterior del proyecto, el cual forma parte del acuerdo de ajuste fiscal con el Fondo Monetario Internacional (FMI), establecía una sobretasa de 1,5 puntos porcentuales por dos años, lo que habría significado un tributo de 16,5% sobre las rentas de capital y las ganancias de capital en los primeros dos años de vigencia de la norma.

El ministro de Hacienda, Elian Villegas, recordó que ya la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas se había llevado la tasa de ese impuesto del 8% al 15% y dijo que, efectivamente, se deberá pagar sobre las ganancias de títulos valores y los bonos, por ejemplo los que emite el Gobierno y los certificados de depósito a plazo.

“En el caso de las propiedades, es sobre la ganancia que se obtenga sobre la ganancia que se obtiene de la venta de la propiedad, tarifa que también es hoy del 15% y pasaría al 17,5% por dos años”, comentó Villegas.

Diferencias con versiones anteriores

El nuevo texto mantiene el aumento de cinco puntos porcentuales en el impuesto a las remesas de forma idéntica al texto sustitutivo aprobado por los diputados a inicios de noviembre, pero que finalmente fue desechado. Esa versión, dejaba por fuera incrementos en las remesas por reaseguros, reafianzamientos y las primas de seguros.

También, quedaron excluidas las ideas originales de aumentar los impuestos a los excedentes de asociaciones solidaristas y cooperativas, así como eliminar la exoneración del impuesto que tienen los rendimientos del Sistema de Pensiones Complementarias.

Respecto al salario escolar, la propuesta del Ejecutivo es gravar el salario escolar a partir de ¢1 millón, con una escala de tasas diferenciadas de esta forma:

-De ¢1.000.001 a ¢1.236.000 se pagaría un 10% del impuesto

-De ¢1.236.001 a ¢2.169.000 la tarifa sería de un 15%

-De ¢2.169.001 a ¢4.337.000 una tasa del 20%

-Sobre el exceso de ¢4.337.000 se pagaría la tarifa del 25%

Caída en recaudación

La propuesta original, mucho más amplia en sus propuestas, tenía la intención de captar un 0,58% del producto interno bruto (PIB), mientras que el texto sustitutivo finalmente rechazado, incluyendo el cobro del impuesto al salario escolar, tenía un rendimiento del 0,43% del PIB, o sea, ¢162.000 millones.

Cuando los diputados le hicieron varias modificaciones al plan y quitaron los artículos que habrían permitido gravar el salario escolar, debilitaron el proyecto al punto de que solo rendiría un 0,19% del PIB (¢72.000 millones), según Hacienda.

La nueva propuesta, tal como la anunció el Poder Ejecutivo, tiene un rendimiento de un 0,24% de la producción, o sea, ¢89.000 millones.