Carlos Alvarado firma ley contra los Crímenes de Odio

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El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó este lunes la Ley contra los Crímenes de Odio, la cual sanciona hasta con 35 años de cárcel los asesinatos motivados por prejuicios relacionados con la etnia, religión u orientación sexual de la víctima, entre otros.

Hasta ahora, los asesinatos de odio eran calificados como homicidios simples, debido a que existía un vacío en el Código Penal. La reforma legal, en cambio, tipificará estos crímenes como homicidios calificados.

Esta modificación significa que las personas encontradas culpables de cometer crímenes de odio recibirán penas más severas, de entre 20 y 35 años de prisión, y no de 12 a 18 años, como se establecía hasta el momento.

“Nadie debería vivir con miedo en la sociedad costarricense. Ni por su condición de etnia, ni por su orientación sexual, ni por sus ideas, ni por su religión, ni por nada… nadie. De eso se trata la igualdad y de eso se trata la libertad.

“En la medida de que en una sociedad democrática y libre como la nuestra, hay personas que viven en miedo por ser, por ejercer su libertad, eso es algo que nos debe convocar a todas y todos a luchar. Es un tema de principios, es un tema de amor”, declaró el mandatario durante el acto oficial de la firma de la nueva legislación.

El diputado Enrique Sánchez, quien impulsó la iniciativa de ley en el Congreso, afirmó que Costa Rica se convierte en el país número 49 de la Organización de Naciones Unidas (ONU) en penalizar los crímenes de odio,

“Es diferente un homicidio, una agresión, un ataque contra una persona por su color de piel, por su nacionalidad, por su identidad de género, por su religión. No es un ataque solamente contra esa persona, es un ataque aleccionador contra una comunidad, contra una población. Es un ataque que manda un mensaje a una población diciéndole que usted no puede vivir tranquila o tranquilo, que no está bien lo que usted es”, manifestó el congresista del Partido Acción Ciudadana (PAC).

La reforma incluye un nuevo inciso al artículo 112 del Código Penal, que establece las sanciones por homicidio calificado. El nuevo inciso señala “Se impondrá prisión de 20 a 35 años a quien mate a una persona por motivos de odio a causa de su pertenencia a un grupo etario, racial, étnico, religioso, de su nacionalidad, opinión política, situación migratoria, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad o características genéticas”.

Dicha legislación regirá a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.