Cancillería: Causas judiciales sin elevar a juicio no impiden nombramiento de Catalina Crespo

Ministro Arnoldo André asegura que designación de la exdefensora de los Habitantes, quien afronta varias denuncias, ‘cumple con la normativa vigente’

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El canciller Arnoldo André aseguró que la designación de la exdefensora de los Habitantes, Catalina Crespo, como embajadora en Estados Unidos “cumple con la normativa vigente” y “responde a criterios objetivos de selección”, pese a que ella admitió la existencia de denuncias en su contra.

Según el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (MREC), Crespo entregó una declaración jurada en la que manifestó no tener causas penales abiertas. Añadió que la exdefensora no negó que hubiera denuncias en su contra, pero argumentó que estas se encuentran en etapa preliminar de valoración o investigación.

Dicha cartera alegó que, conforme a un criterio de la Procuraduría General de República, la existencia de denuncias no implica el incumplimiento de la normativa para el nombramiento de funcionarios para el Servicio Exterior, siempre que no haya una acusación formal.

En su declaración jurada, cuya copia el MREC facilitó a La Nación, Crespo afirma literalmente: “No tengo causas penales en Costa Rica u otros países”.

El martes 14 de marzo, el diputado frenteamplista Antonio Ortega solicitó a la Cancillería aclarar si la embajadora designada para Estados Unidos estaba libre de causas penales.

Sustentó la solicitud en el artículo 18 del Reglamento del Estatuto de Servicio Exterior, cuyo inciso g señala que los funcionarios en comisión deben brindar, como requisito para su nombramiento, una declaración jurada en la que certifiquen que no tienen causas penales pendientes en Costa Rica u otros países.

El 24 de enero, el Ministerio Público confirmó al director del departamento de Recursos Humanos de la Defensoría de los Habitantes, Hernán Rojas Angulo, que Crespo tiene tres expedientes abiertos. Sin embargo, dichas investigaciones aún están en trámite, y ella no ha sido imputada.

En el 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto emitió un criterio jurídico para avalar el nombramiento de embajadores con causas penales abiertas, luego de que la administración Alvarado Quesada designara a Sonia Marta Mora en Francia y a Fernando Llorca en Estados Unidos.

Según el medio digital AmeliaRueda.com, la entonces directora del Departamento Jurídico de esa cartera, Natalia Córdoba, alegó que la resolución estableció una distinción entre una investigación penal y una acusación formal, que es el momento en que al investigado se le señala como posible autor de un delito.

Ahora bien, un pronunciamiento emitido por la Procuraduría General de la República, en octubre del 2020, señala que la Cancillería tiene la potestad no solo para valorar la legalidad, sino también la idoneidad ética y moral de los aspirantes a ocupar las embajadas de Costa Rica.

Señaló, en ese sentido, que dicha cartera debe definir las exigencias éticas y morales que deben cumplir los aspirantes a ocupar un puesto en el Servicio Exterior.