MOPT elimina puntos acumulados en licencia por infringir restricción vehicular

Personas que fueron sancionadas ya no tendrán impedimento para renovar documento para conducir ni llevar curso de reeducación vial

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Los conductores que fueron sancionados por infringir la restricción vehicular sanitaria el año pasado ya no acumulan puntos en su licencia.

Esa medida aplica para las personas que fueron multadas antes del 20 de noviembre del 2020, pues a partir de esa fecha se eliminó ese castigo y solo se mantiene la multa económica.

Los beneficiados son 29.128 choferes, según precisó este miércoles el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

Con esta decisión, aquellos que no podían renovar su licencia por la acumulación de puntos, ya podrán realizar el trámite sin problema.

Además, quienes están suspendidos como conductores por ese motivo podrán normalizar su situación.

Sin curso

Ahora tampoco será necesario realizar el curso de reeducación vial, que era el requisito para la eliminación de puntos por esta causa .

El MOPT anunció que con esta medida pretende mejorar el servicio de acreditación de conductores, pues los cursos teóricos disponibles se dedicarán a personas que gestionen el documento por primera vez.

En el caso de los que tengan matriculado un curso de reeducación vial, se les notificará que ya no deben presentarse.

Edwin Herrera, director del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), explicó que el proceso de actualización de datos de los conductores sancionados conlleva un trabajo minucioso, a fin de no afectar otra información contenida de cada uno de los beneficiarios de la resolución.

Hasta este miércoles 15 de setiembre se reportan 14.274 usuarios a los que se le reversaron los puntos acumulados por infringir la restricción vehicular sanitaria.

Quienes hayan recibido una multa por infringir la restricción vehicular entre marzo y noviembre del 2020, pueden consultar los puntos acumulados al 2522-0900 extensión 5.

En esa línea deberán ingresar el número de cédula y el sistema le brindará el estado de puntos de manera inmediata.

En tanto, los usuarios que ya habían pagado el curso de reeducación y ahora se vieron beneficiados con la reversión de puntos, deberán llenar y remitir el formulario de solicitud de devolución de dinero el cual se encuentra en la página web oficial del Consejo de Seguridad Vial https://www.csv.go.cr/solicitud-de-devolucion-de-dinero, indicando el número de cuenta IBAN, en la que se debe efectuar el depósito correspondiente, y debe estar a nombre del solicitante.

El formulario debe ser firmado con firma digital (pdf) o con firma manual (escaneado). Deberá enviarlo al correo electrónico devoluciondinero@csv.go.cr

Además del formulario, el usuario debe emitir la siguiente información:

· Imagen legible del documento de identidad vigente (cédula de identidad en caso de ser costarricense y cédula de residencia o pasaporte en caso de ser extranjero).

· Comprobante de pago emitido por el banco, el cual tiene validez de un año después de su fecha de emisión, por lo que la solicitud de devolución debe efectuarse dentro del plazo indicado.

La multa por infringir la restricción vehicular sanitaria es de ¢107.768. Inicialmente, además de la sanción económica se aplicaba la acumulación de 6 puntos a la licencia de conducir y el retiro de las placas.

Esas dos últimas medidas fueron eliminadas mediante una reforma a la ley, aprobada en octubre del año pasado.