Tribunal sobre boda de docente con alumno: Cuando se casaron la ley lo permitía

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El Tribunal del Servicio Civil negó la petición del Ministerio de Educación Pública (MEP) de despedir a la docente de 40 años, de apellido Rojas, que se casó con un estudiante quinceañero, el año pasado.

¿Por qué el Tribunal tomó esa decisión?

Para Omar Jiménez, actuario del Tribunal del Servicio Civil, la respuesta es muy simple y tiene que ver con un asunto de legalidad.

LEA: Tribunal de Servicio Civil rechaza despido de docente que se casó con alumno

Cuando la docente se casó con el alumno, el 4 de julio del 2016, en el país era permitido el matrimonio de personas de entre 15 y 18 años, en tanto tuvieran el permiso de alguno de los padres o de quien tuviera la patria potestad.

No fue hasta seis meses después, el 13 de enero del 2017, que entró en vigencia la ley de relaciones impropias, la cual prohíbe el matrimonio de adultos con menores de edad o entre ellos y castiga hasta con seis años de cárcel a aquel adulto que sostenga relaciones con un adolescente.

LEA: Diputados aprueban cárcel por relaciones sexuales con adolescentes

"La ley (anterior) establecía que el matrimonio de un menor de edad se podía celebrar con el consentimiento de uno de los padres, lo cual ocurrió.

"Ella no fue acusada por haberse involucrado sentimentalmente con un alumno, fue acusada por el MEP por haberse casado. El Tribunal tenía que resolver si era legal o no. El hecho de haberse casado no constituye una falta con causal de despido para la fecha en que ella se casó porque en ese entonces era lícito", explicó Jiménez.

La docente y el alumno se conocieron en el Colegio Técnico Profesional (CTP) de San Isidro de El General, en Pérez Zeledón. Ella es profesora de Educación Especial y para casarse contó con el permiso de la madre del menor.

Jiménez dijo que "nadie puede ser sancionado por algo que la ley no sanciona".

"Emitimos un criterio apegado al principio de legalidad. Según ese principio, era legal contraer ese matrimonio. Estamos obligados a actuar amparados en el principio de legalidad del ordenamiento jurídico. El Tribunal se limita a decir que el despido no procede", añadió Jiménez.

Fue el 14 de junio del 2017 que el MEP le solicitó al Servicio Civil el despido de Rojas sin responsabilidad patronal.

LEA: MEP pide al Servicio Civil despido para docente que se casó con alumno

Con respecto a la decisión del Tribunal, el Ministerio consideró que el fallo sienta un precedente negativo que deja en indefensión a los menores e impunes a los eventuales abusos.

Debido a ello, el MEP solicitará a la Procuraduría General de la República que interponga acciones judiciales para que un juez anule la resolución del Tribunal del Servicio Civil y permita continuar con el despido de la docente.

Mientras tanto, la educadora seguirá reubicada en un puesto en el que no tenga contacto con menores.

La ley de relaciones impropias impide la inscripción de matrimonios con menores de edad o entre ellos; además, castiga con prisión a los adultos que tengan relaciones sexuales con adolescentes, según la diferencia de edad.