Sala IV ordena al MEP reglamentar ley para evaluar a estudiantes talentosos

Ejecutivo tiene dos meses para acatar instrucción de los magistrados

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La Sala Constitucional ordenó al presidente de la República y a la ministra de Educación dictar y publicar el reglamento de una ley que faculta a las autoridades educativas a adecuar los programas educativos para beneficiar estudiantes talentosos.

El Ejecutivo tiene dos meses para acatar la instrucción de los magistrados.

La ley 8899, aprobada en el 2010, busca potenciar y estimular a alumnos con altas capacidades intelectuales. Sin embargo, la falta del reglamento correspondiente ha creado un vacío que impide evaluar a los estudiantes, adecuar su plan de estudios y aplicar medidas especiales para potenciar sus habilidades.

La orden de la Sala llega luego de declarar con lugar un recurso de amparo presentado por un vecino de Chacarita, Puntarenas, en favor de una menor de edad que cursa el primer grado en la escuela Carrizal . La niña sobresalió académicamente, pero no ha sido evaluada por falta del reglamento.

Los magistrados concluyeron que esta omisión provocó que se lesionaran los derechos fundamentales a la educación de la menor, al igual que el derecho al desarrollo de su personalidad, aptitudes y capacidades.

Según cifras de la Organización Mundial para la Salud, entre un 2% y 3% de la población tiene altas capacidades intelectuales. En un país como Costa Rica, con cerca de un millón de estudiantes, el número rondaría los 20.000.