MEP se opone a objeción de conciencia para maestros por ‘contraproducente’

Consejo Superior de Educación pidió a diputados eliminar cláusula de proyecto de ley de empleo público por perjuicio para la educación

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La inclusión del principio de objeción de conciencia en la Ley Marco de Empleo Público tiene preocupado al Ministerio de Educación.

La razón es que, amparado en esa norma, un docente podría negarse a asistir a capacitaciones sobre la materia de Educación para la Afectividad y Sexualidad o sobre los derechos de la población LGTBI, por considerar que son contenidos opuestos a sus creencias.

Ante esa posibilidad, el Consejo Superior de Educación, liderado por la jerarca del MEP, solicitó a los diputados eliminar el inciso g del artículo 23 del texto de ley.

La norma establece que “los servidores públicos podrán informar a la Administración, por medio de una declaración jurada, sobre su derecho a la objeción de conciencia, cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras”.

La petición la hicieron desde antes de la aprobación del proyecto en primer debate, el 18 de junio. Sin embargo, no fue atendida.

Para los miembros del Consejo, responsable de la dirección general de la enseñanza oficial de Costa Rica, el proyecto dejó de lado que la libertad de las personas de conducir su vida conforme a sus convicciones religiosas, éticas y morales está limitada por el respeto a los derechos de los demás y el respeto a las normas de convivencia establecidas en el marco legal.

Recordaron que, cuando hay un conflicto entre esas convicciones, la libertad y los derechos de los demás, “no pueden prevalecer esas convicciones”.

“Respecto al personal docente, el postulado al que se ha hecho referencia (objeción de conciencia) es contraproducente y carece de contextualización con el derecho a la educación y, desvirtúa las consignas establecidas en las declaraciones de derechos humanos”, se lee en el criterio del CSE sobre el proyecto de ley, que consta en el acta 31-2021, del 3 de junio.

El CSE tiene 11 miembros, entre ellos, la ministra de Educación, dos exministros, un representante del Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica, miembros escogidos por directores de centros educativos y un representante de organizaciones de educadores.

A ellos no solo les preocupa la norma en la ley de empleo público, texto que está en consulta ante la Sala Constitucional, sino también tres iniciativas que se tramitan en la corriente legislativa para establecer un régimen legal de la objeción de conciencia y que van más allá de asistir o no a capacitaciones.

Se trata de los expedientes 20.426, Ley de Objeción de Conciencia; 22.001, Ley para la Tutela Fundamental a la Libertad de Conciencia; y 22.006, Ley para Tutelar la objeción de conciencia e ideario.

En su criterio, la política educativa costarricense fundamentada en los derechos humanos “resulta incompatible” con una objeción de conciencia, que prioriza los derechos individuales sobre el interés público y los derechos de terceros.

Leonardo Garnier, exministro de Educación (2006-2014) y miembro del CSE dijo, ante consultas de este medio, que la preocupación principal con esa cláusula del proyecto de ley es que algunas personas quieran “aprovecharla” para eludir la asistencia a determinadas capacitaciones.

“En algunos casos, podría ser gente que realmente sienta que alguna capacitación choca con sus creencias religiosas. Por ejemplo, en capacitaciones para asignaturas que algunos consideran sensibles como las de Educación para la Sexualidad y Afectividad.

“Podría pasar también en Ciencias, con temas que ciertos grupos fundamentalistas cuestionan, desde la evolución hasta el big bang. Pero, en otros casos, podría simplemente, ser una excusa para no asistir. En todos los casos, tendría un efecto negativo al debilitar la formación permanente del cuerpo docente”, expresó Garnier.

Los argumentos

En el pronunciamiento enviado a los diputados, el CSE planteó sus argumentos para oponerse a la objeción de conciencia.

- El proyecto de ley supone sobreponer el derecho individual por encima del interés público y el bien común y, por ende, también de la progresividad de expresión y empoderamiento de los derechos humanos de las personas menores de edad.

- El texto tiene confusiones conceptuales, filosóficas y normativas que pueden generar grandes retrocesos en el proceso educativo, con un enfoque adultocéntrico que defiende la libertad de conciencia de personas adultas por encima de la persona menor de edad.

“Se recuerda que hace unos años se validaba como derecho de los progenitores corregir con violencia a su prole, siendo que, entonces, si se optara por una posición de ‘objeción de conciencia’ , tal y como expone el texto, se permitiría el castigo físico bajo una posición moral particular”, indicó.

-Lo individual nunca puede estar por encima del bien común ni del orden público, ni de los derechos humanos de terceras personas, destacando que la expresión individual puede traer a colación temas de seguridad tanto en espacios públicos como privados Por ejemplo, los aspectos de violencia sexual o incluso las manifestaciones de pedofilia en medios digitales son manifestaciones individuales que deben ser coartadas y que no pueden ser permitidas, de igual forma los rituales religiosos ancestrales como tales.

“De ahí que deban existir limitaciones a la libertad de conciencia por razones de interés público comprobado y/o cuando esta implique un acto discriminatorio”, añadió.

-Se cae en un posicionamiento de las posturas particulares de ciertos grupos que pueden conllevar a validar expresiones extremas que violentan los criterios éticos de la sociedad, los derechos humanos de algún grupo particular o de todo un territorio.

- La objeción de conciencia se ha expresado sin problema siempre y cuando no limite, violente o impida el goce de derechos de terceras personas. Se evidencia en la libertad de prensa o expresión que toda persona residente en el territorio tiene posibilidad de expresar, en las reuniones comunales, participación política, religiosa, deportiva entre otras.

Según el Consejo Superior de Educación, todos los programas educativos de las distintas áreas de conocimiento y niveles educativos del MEP tienen como eje transversal la doctrina de los derechos humanos.

“Desarrollar esos programas educativos, requiere de una persona docente sensible a las necesidades educativas de Ios estudiantes y para ello debe estar dispuesto a capacitarse integralmente, no solo para el dominio de las habilidades y competencias educativo-pedagógicas, sino también para el ejercicio de una educación inclusiva y pluricultural”, advirtió.

Para el CSE, la cláusula de objeción de conciencia del proyecto de ley no garantiza el equilibrio entre el derecho individual y el deber del Estado de regular y fiscalizar la prestación de Ios servicios públicos de educación.

Tampoco, añade, prevé una alternativa para que el ejercicio de la objeción de conciencia no perjudique los derechos de terceros, tal y como ha dispuesto la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como condición para autorizar la objeción de conciencia en el caso de los profesionales de la salud.