CNFL pierde juicio y deberá pagar patente por alquiler de postes a Municipalidad de Escazú

Compañía se negó a pagar tributo y demandó al ayuntamiento, sin embargo, el Tribunal Contencioso declaró sin lugar el reclamo

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La Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) deberá pagar patente a la Municipalidad de Escazú por el alquiler de sus postes para el servicio de cámaras de vigilancia y telecomunicaciones.

El alcalde de Escazú, Arnoldo Barahona, ganó una demanda interpuesta en el Tribunal Contencioso Administrativo por la CNFL tras un proceso administrativo y judicial que data del 2014 (resolución No. 118 -2020-I), informó en un comunicado enviado este martes.

Ese año, el ayuntamiento le informó a la Compañía que debía iniciar las gestiones de solicitud de patente municipal, para lo cual se tenía que reportar los ingresos brutos percibidos por la realización de las actividades de instalación de cámaras de vigilancia, alquiler de postes de tendido eléctrico que brindan servicio de Internet y telefonía.

La CNFL apeló administrativamente esta notificación, pero el gobierno local mantuvo su posición. Entonces, la Compañía acudió al Tribunal Contencioso e interpuso una demanda para solicitar que se revocara lo dispuesto por el municipio.

La Municipalidad de Escazú solicitaba el pago de la respectiva licencia comercial amparada en los artículos 1,2,3,4 y 12 de la la Ley N° 8988 de Licencias para Actividades Lucrativas y No Lucrativas del Cantón de Escazú.

Alegó que, desde el inicio, la CNFL ejerce una actividad lucrativa en el cantón relacionada con el alquiler de sus postes para cámaras de videovigilancia o para el servicio de telecomunicaciones, por la que debe cancelar el impuesto de patente correspondiente.

A pesar de que esta empresa de servicio eléctrico consideraba que no debía pagar el impuesto, el juez declaró sus argumentos sin lugar en todos sus extremos al dar la razón al municipio.

En las próximas semanas, la Municipalidad de Escazú volverá a notificar a la CNFL para que comience las gestiones de solicitud de patente, para lo cual debe reportar los ingresos brutos percibidos por la realización de las actividades de instalación de cámaras de vigilancia y alquiler de postes.

El gobieno local pretende cobrar dicho impuesto de forma retroactiva al 2015, año siguiente al que se hizo la solicitud a la compañía para que realizara el trámite. El monto se debe calcular.

Esta resolución judicial, dijo el ayuntamiento, también le abre la puerta a otros municipios en donde la CNFL ejerce la actividad de alquiler de los postes, para que le cobren el impuesto de patente.

“Cuando iniciamos este proceso teníamos la absoluta claridad jurídica sobre lo que solicitábamos justamente. El pago de este impuesto por parte de la CNFL es un tema de legalidad y esperamos que esta institución acoja rápidamente la resolución y se ponga al día con las obligaciones tributarias que tiene con el municipio”, manifestó el alcalde de Escazú, Arnoldo Barahona.

La Nación realiza consultas para conocer el criterio de la CNFL.