Tributación amplía fiscalización a empresas y directivos vinculados a grandes contribuyentes

Resolución publicada en ‘La Gaceta’ este 28 de junio modifica y amplía el ámbito de supervisión de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales del Ministerio de Hacienda

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La Dirección General de Tributación (DGT) decidió ampliar el ámbito de supervisión a las compañías, miembros de juntas directivas y representantes legales vinculados a los grandes contribuyentes nacionales.

La resolución DGT-R-22-2021, publicada este lunes 28 de junio en el diario oficial La Gaceta, establece los nuevos criterios con los cuales la Administración Tributaria dicta los nuevos parámetros de revisión.

La fiscalización extendida se dará cuando Tributación determine la existencia de un grupo empresarial relacionado mediante propiedad, dirección o control accionario.

En la nueva clasificación se establece una entidad dominante, que también se entiende como casa matriz o empresa controladora.

A partir de ese momento, las sociedades vinculadas a esta compañía serán fiscalizadas de la misma manera que se hace con el gran contribuyente. La medida también aplica a los directivos y quienes tengan una representación legal de la compañía principal.

Tributación justificó el cambio como una manera de llevar mayor eficiencia en la labor de la institución.

“La Dirección General de Tributación debe orientar sus recursos de manera eficiente, equitativa y transparente, a fin de proveer servicios, controlar y fiscalizar a los contribuyentes, con el fin de facilitar el cumplimiento voluntario, a través de acciones de tratamiento, que sean proporcionales al riesgo de incumplimiento de los contribuyentes”, se argumenta en la resolución.

La modificación resulta relevante porque los actuales 500 grandes contribuyentes, catalogados de esa manera por Tributación, representan el 65% de la recaudación del impuesto sobre la renta y utilidades del Ministerio de Hacienda.

El gran contribuyente se determina por tres características específicas que son: una renta bruta declarada igual a los ¢60.000 millones anuales; un activo promedio declarado en los últimos tres periodos fiscales superior a los ¢60.000 millones y que el promedio de renta liquidado sea de ¢450 millones en los últimos tres periodos fiscales.

Rafael González, socio de Impuestos y Legal de la firma Grant Thornton, comentó que la nueva clasificación aumentará el ámbito de supervisión al fisco a una gran cantidad de sociedades y personas físicas.

“Previo a la resolución, para poder auditar a una empresa vinculada con un gran contribuyente se necesitaba un criterio objetivo de selección. Ahora es automático, por el simple hecho de la afiliación o relación con un gran contribuyente se puede hacer la auditoría”, explicó González.

Otra de las medidas acordadas en la resolución de este lunes, es que desaparece la clasificación de grandes empresas territoriales, que pasan a llamarse grandes contribuyentes nacionales, y serán fiscalizadas por la Dirección de Grandes Contribuyentes.

González dijo que previo al actual cambio, en las oficinas del fisco a lo largo del país, había una dependencia destinada a la supervisión de las compañías más relevantes en dicha zona.

“Era como duplicar el esfuerzo porque había un recurso local, destinado a contribuyentes de gran tamaño local que, en términos de comparación, eran la mitad del tamaño de un gran contribuyente nacional”, destacó González.

La resolución de Tributación da la facultad a la Dirección de Grandes Contribuyentes para no incluir, en dicha clasificación, a las empresas y personas que considere no relevantes por su interés fiscal y de oportunidad.