Gobierno propone extender a 10 años prescripción de delitos tributarios cuando haya ‘indicios’ de fraude

Tributación tendría la potestad de elevar el plazo de cuatro a 10 años cuando de las declaraciones de impuestos se estime que pueda haber una falta contra la Hacienda Pública, según proyecto enviado al Congreso

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El Gobierno propone extender la prescripción de delitos tributarios de cuatro a 10 años cuando la Dirección General de Tributación (DGT), determine que hay indicios de fraude contra la Hacienda Pública.

La potestad se establece en el proyecto de Ley de Fortalecimiento del Control Tributario que propone la reforma de varios artículos del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, para ampliar las potestades de fiscalización de la DGT.

“Dentro de las principales reformas se encuentra (...) la norma que determina el plazo de prescripción a observar cuando la Administración Tributaria estime que el contribuyente ha cometido el delito de fraude”, se subraya en la exposición de motivos de la iniciativa presentada al Congreso el pasado jueves 18 de mayo.

El cambio, según indica el texto del plan, favorece a determinar las obligaciones impositivas y da seguridad jurídica al fisco y al contribuyente.

El cometido del posible fraude lo decidirá Tributación cuando encuentre indicios de delito en las declaraciones de impuestos o si el contribuyente no haya presentado las declaraciones juradas.

El procedimiento planteado deberá aplicarse por separado en cada tributo declarado por el contribuyente.

Los indicios para determinar una obligación impositiva sin declarar están estipulados en la actual legislación. Estos son, por ejemplo, el volumen de transacciones, la existencia de mercadería y productos; monto de las compras y ventas efectuadas; rendimiento del negocio, salarios, alquileres y otros gastos generales.

Adicionalmente, el Poder Ejecutivo promueve un cambio en la interrupción y suspensión de la prescripción de un posible delito fiscal. La modificación se impulsa, sobre todo, cuando se interponen recursos en vía administrativa y a la tramitación de las denuncias por fraude fiscal en la vía penal.

La reforma al código tributario fue presentada por Nogui Acosta, ministro de Hacienda, como el elemento clave para que Tributación tenga “dientes” para cobrar impuestos.

“Vamos a hacer las modificaciones en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios que nos permitan tener dientes y músculo para cobrar”, explicó el jerarca, el pasado jueves.

Acosta presentó a la Asamblea Legislativa, el 18 de mayo, cinco propuestas de ley de en materia tributaria. Las iniciativas incluyen cambios en el impuesto a la propiedad de vehículos, la eliminación de exoneraciones fiscales y una nueva ley del impuesto sobre la renta.

Efectos de propuesta

German Morales, socio director de la firma Grant Thornton, explicó que en el código tributario vigente la prescripción se eleva de cuatro a 10 años cuando hayan presentado declaraciones calificadas como fraudulentas.

Sin embargo, en la reforma legal se promueve que sea cuando la Administración Tributaria encuentra que hay un indicio de ilegalidad, destacó.

“El cambio permitiría que cualquier cosa sea catalogado como un indicio de defraudación y mediante una resolución administrativa. Esto es fuertísimo porque un indicio puede ser una factura, una compra, una venta...si encuentran algo tendrían derecho a pedir 10 años. La inseguridad jurídica es muy alta”, subrayó Morales.

Para el especialista, la situación para el contribuyente se agrava porque, mientras está el caso en debate, se acumulan sanciones, multas e intereses sobre monto principal.

“Al abrir la prescripción nace la obligación con todos los deberes y extremos adicionales de cobro”, recalcó.

Morales añadió que el plan propuesto permite al fisco iniciar una fiscalización por un caso, por ejemplo una anomalía en el tributo sobre la renta, pero si en el proceso se determina un posible indicio de otra carga impositiva, como en la declaración del impuesto sobre el valor agregado (IVA), también se investiga y puede enviarse al Ministerio Público.

La reforma propuesta establece que, el pago de la obligación tributaria cuando se inicia un proceso de fiscalización, podrá ser devuelto al contribuyente cuando él lo solicite una vez haya pasado el periodo de la prescripción.