Declarar ¢1 más de ingresos puede duplicar pago de renta

Si empresa vende ¢52.320.000 la tasa es 10%; pero si sube a ¢52.320.001, 20%

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Una empresa que en el periodo fiscal 2016 tuvo ventas (renta bruta) por ¢52.320.000 y una ganancia (renta neta) de ¢10.000.000, pagará un tributo de 10% sobre sus utilidades, es decir, ¢1.000.000.

No obstante, si esa misma compañía vende un colón más, por lo que reporta ingresos por ¢52.320.001, entonces pagará una tasa del 20% sobre sus ganancias, es decir, ¢2.000.000.

Esta situación promueve que las empresas tomen uno de dos caminos: evitar cruzar el umbral de ¢52.320.000 o, si lo sobrepasan, bajar las utilidades.

Así lo muestran los resultados del estudio El rol del impuesto sobre la renta: hacia un sistema impositivo con mayor cumplimiento, progresividad y recaudación, el cual es parte este año del Vigesimosegundo Informe del Estado de la Nación.

El estudio, elaborado por Pierre Bachas y Mauricio Soto, analizó el comportamiento de las compañías que declararon el tributo de renta entre el periodo 2008 y 2014.

¿Por qué sucede eso? Sucede porque este impuesto presenta “un salto”, como lo llaman los investigadores, de una tarifa a otra.

“Los saltos de la tasa media difieren de las buenas prácticas seguidas por los países, así como de lo recomendado por la teoría económica. La justificación de su existencia tiene que ver, tanto por desconocimiento de los legisladores, como por una intención de proteger a las pequeñas y medianas empresas”, explica la investigación.

El análisis muestra cómo las empresas tratan de ubicarse en el primer tramo (de 10% de impuesto) y si lo pasan, bajan su renta neta, en promedio, en un 70% (esa es la diferencia entre la rentabilidad del primer grupo de empresas, de 15%, y el último grupo de empresas, de 5%).

Para el viceministro de Hacienda, encargado de Ingresos, Fernando Rodríguez, estos son mecanismos de elusión que muestran la falencia de la ley.

“Es un mecanismo de elusión. Evidentemente aprovechan esa circunstancia para acomodarse en algunos de los límites intermedios, es una falencia de la ley porque la propuesta está creada dis que para estimular empresas pequeñas, pero lo que provoca es que las grandes se fraccionen en distintas sociedades o mecanismos de organización legal o corporativo de manera que también fraccionan sus ingresos”, indicó.

Pero el tributo además presenta otras distorsiones, como que el monto que pagan de impuesto las empresas pequeñas y medianas represente un porcentaje más alto de sus ingresos del que pagan las empresas grandes.

El trabajo propone varias medidas para aumentar la recaudación, atenuar la regresividad y mejorar el cumplimiento tributario, entre ellas, una tarifa única de 25% para personas jurídicas.

Actualmente hay un proyecto de Ley de Impuesto sobre la Renta, presentado por el Poder Ejecutivo, el cual propone una tarifa única para grandes empresas y otra progresiva para las pequeñas.

Reacciones. Abogados tributaristas y economistas reaccionaron de buena manera al estudio.

“Yo creo que, en general, es correcto decir que la progresividad debería hacerse a nivel de las personas físicas, no tanto de las jurídicas, las cuales deberían tener una tarifa única proporcional, que significa que es un solo porcentaje que se aplica a toda la base imponible”, opinó el exdirector general de Tributación, Adrián Torrealba.

El exdirector de Tributación, Alan Saborío, resaltó tres temas del estudio: la migración a una tarifa y el 25% le parece razonable; la inconveniencia del impuesto de distribución de dividendos y, conectar el impuesto sobre renta con el de valor agregado (IVA).

Para el economista Jorge Cornick, el actual impuesto sobre la renta sí está mal diseñado por varias razones: la progresividad debe ser sobre las personas físicas, no sobre las jurídicas y, si se quiere hacer sobre las jurídicas, debe ser sobre las utilidades.

Cornick también apoya la idea de una tarifa única sobre las empresas, pero le añadiría dos elementos: que sea sobre todas las empresas y que se permita el traslado intertemporal de pérdidas para las firmas que inician.