Gobierno pretende regular las compraventas y las casas de empeño

Propietarios de negocios aseguran que muchas medidas están en ley actual

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El Gobierno intenta, mediante un proyecto de ley, regular los negocios de compraventa de artículos y las casas de empeño.

El plan presentado a la Asamblea Legislativa se denomina Proyecto de Ley para Regular el Negocio y las Operaciones en las Casas de Compraventa y Empeño y no ha sido asignado a comisión.

La propuesta de ley fue presentada por el presidente de la República, Luis Guillermo Solís y el ministro de Seguridad Pública, Celso Gamboa.

Estos negocios han proliferado en el país. Solo el cantón Central de San José funcionan 92 compraventas, según la lista de patentes suministrada por la Municipalidad de San José. Hay una concentración de ellos en calle 10.

Mariano Rodríguez, jefe de Permisos y Patentes de la Municipalidad de San José, comentó que a estos comercios se les pide los requisitos básicos, como el uso de suelo –que es un documento que emite la misma municipalidad–, el certificado del Ministerio de Salud y la póliza de riesgos, entre otros.

Actualmente muchos de estos negocios laboran 24 horas.

Uno de los principales objetivos del proyecto, de acuerdo con la exposición de motivos, es evitar que en estos negocios se transen artículos robados.

“En el proyecto se establecen requisitos que garanticen la transparencia en las transacciones realizadas, que a su vez, desestimulen el tráfico de objetos hurtados o robados y delitos como la receptación (encubrir delincuentes)”, señala el texto.

Para ello, el plan incluye medidas como la prohibición de vender y empeñar un bien hasta15 días después de su adquisición, un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., entregar facturas y llevar un registro de los objetos y las personas que llegan a venderlos o empeñarlos.

Muchas ya existen. No obstante, para dos gerentes de estos comercios, Norman Moya, de La Cueva, y Jorge Enrique González, de Prestafull, buena parte de los contenidos del plan ya existen en la ley actual.

Por ejemplo, el artículo 26 de la Ley para Garantizar al País Mayor Seguridad y Orden señala que el negocio “deberá ser autorizado por la Gobernación (actualmente la municipalidad) cualquier cambio de lugar, día y horas de trabajo”.

Para Moya, las municipalidades podrían con este artículo definirles un horario.

La legislación actual también pide extender facturas, llevar un registro de las personas que llegan a dejar objetos y no poder vender los artículos hasta 15 días después de su adquisición.

Se consultó a Gamboa si el proyecto es necesario o si lo que se requiere es aplicar lo que existe, pero no fue posible tener su opinión.

Rodríguez explicó que actualmente no se puede comprobar que el objeto que las personas llegan a dejar no es robado.

“Hay un principio en derecho civil, que la posesión vale por título, en lo que son bienes muebles, o sea, que si yo tengo el artículo se presume que es mío y no tengo por qué demostrar de dónde lo cogí”, explicó.

Moya y González comentaron que en el caso de sus comercios, le piden al vendedor la cédula y le sacan copia y además le piden detalles del artículo, por ejemplo, cuánta memoria tiene la computadora, y si no notan que no saben o que no saben usarla no se la reciben.