Tributación definió reglas para exonerar IVA a quienes venden a la CCSS, exportadores y municipalidades

Conozca los requisitos que se deben cumplir para poder inscribirse en el registro y solicitar la exoneración en el pago del impuesto al valor agregado

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La Dirección General de Tributación ya definió los requisitos que deben cumplir las empresas que venden servicios a los exportadores, y bienes y servicios a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y a las municipalidades, para registrarse como proveedores y poder solicitar así la exoneración del impuesto al valor agregado (IVA).

Se trata de la Resolución 043-2019, publicada el miércoles 31 de julio, en la cual Tributación adicionó a la Resolución 31-2019, del 20 de junio del 2019, un nuevo capítulo donde establece los requisitos que deben cumplir quienes suplen a exportadores, CCSS y municipalidades, para inscribirse en un registro de proveedores.

La Resolución 31-2019 creó el registro de comercializadores, distribuidores y productores de canasta básica tributaria de exportadores, que les permite a estos tres grupos solicitar la exoneración o tarifa reducida del tributo.

Daniel Quesada, gerente de Impuestos de EY, explicó que en el caso de exportadores solo se pueden registrar quienes vendan servicios y de acuerdo con la lista que está en el inciso c) del numeral 1) del artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado que incluye, por ejemplo, servicios de transporte y logística, entre otros.

Además, los proveedores deben cumplir una lista de requisitos entre los que destacan que el 75% de las ventas las realicen directamente a un exportador, la CCSS o las municipalidades o que genere más crédito fiscal que el débito fiscal en tres meses consecutivos, lo cual quiere decir que lo que pagó en IVA al comprar sus bienes y servicios es mayor que el impuesto que va a cobrar.

A quienes la Dirección General de Tributación acepte en este registro podrán solicitar en Exonet la exoneración del IVA para realizar las compras que requieren para dar los servicios a los exportadores o elaborar los productos o servicios a la Caja y las municipalidades.

FUENTE: Daniel Quesada, Gerente de Impuestos de EY. DISEÑO/LA NACIÓN.

Más control

Eduardo Acevedo, consultor de impuestos de ICS Abogados, explicó que con estas nuevas reglas para inscribirse en el registro hay más control por parte de las autoridades.

“Me parece lo que hace es agregar un elemento más de control, porque por ejemplo, a los proveedores de servicios a exportadores se les dice que tienen que hacer al día con Hacienda y con la Caja, y que en el caso de los cumplimientos con Hacienda van a ser verificados en Exonet (un sistema de información electrónico para la gestión y trámite de las solicitudes de exención de tributos), lo cual no estaba antes, es un elemento adicional de control”, comentó Acevedo.

Además, se establece a los proveedores de servicios a exportadores que en la facturación electrónica tienen que incluir el número de DUA (Documento Único Aduanero), que deben tener como respaldo el documento DUA y agregar el código exportador de Procomer (Promotora de Comercio Exterior), que tampoco estaba contemplado antes.

Con los proveedores de las Caja y municipalidades también les piden estar al día con Hacienda y que esa información va a ser verificada con Exonet, lo cual, consideró Acevedo, es sacarle provecho para el control a la herramienta que ya existe.