Pensiones del Poder Judicial son insostenibles pese a la reforma del 2018

Cambios de ley del año pasado sanearon finanzas pero no corrigieron desequilibrio. Estudio actuarial confirma déficit de ¢629.000 millones en fondo. Informe advierte de que reserva se agota en 2049. Informe plantea bajar de ¢4,4 millones a ¢2,6 millones el tope de las pensiones

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

La reforma al régimen de pensiones del Poder Judicial, aprobada por los diputados en abril del año pasado, logró “sanear” las finanzas del fondo, pero, resultó insuficiente para hacerlo sostenible, advierte un estudio actuarial contratado por la misma Corte.

Este informe, del cual tiene copia La Nación, encontró que el régimen de retiro mantiene un hueco actuarial de ¢629.454 millones y que su reserva comenzará a consumirse en el 2036 y se agotará en el 2049.

El por qué persiste el desequilibrio financiero en el régimen tiene una razón: el peso financiero de las 4.009 pensiones altas otorgadas antes de los cambios legales del año pasado.

¿Qué hacer? El Estudio Actuarial al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, contratado a la empresa Proveedor Integral de Precios Centroamérica S. A. (Pipca), plantea, entre otras opciones, reducir el actual tope de ¢4,4 millones mensuales de pensión máxima, a ¢2,6 millones.

También, propone modificar el cálculo de beneficios de jubilación y contener el acelerado retiro de empleados para garantizar la sostenibilidad futura del sistema.

Por tal razón, el estudio urgió a la institución a realizar “ajustes programáticos lo antes posible, con el propósito de que se alcance el equilibrio actuarial del Fondo”.

Para lograrlo, recomendó conformar, pronto, la Junta Administradora del Fondo, creada en la reforma del año pasado, pues tiene la potestad legal para realizar modificaciones de beneficios con el fin de equilibrar el régimen, sin necesidad de tramitar una nueva reforma en la Asamblea Legislativa.

En el informe no se recomendó modificar la edad de retiro o la cotización, pues ambas se ajustaron el año pasado.

---

Para acceder a la pensión por vejez se estableció a partir a los 65 años; antes se permitía a los 55 años; y el aporte del trabajador se elevó del 11% de su salario al 13%.

Ver más

Ana Eugenia Romero, directora ejecutiva del Poder Judicial, confirmó que el informe se conoció formalmente el 5 de setiembre en el Consejo Superior, órgano administrador de ese poder, y se remitió una copia a la Superintendencia de Pensiones (Supén).

“Conforme las competencias que otorga la Ley 9.544, Reforma del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, el órgano encargado de tomar decisiones será la Junta Administradora”, explicó Romero.

Actualmente, los trabajadores y la Corte Plena están en el proceso de elegir a sus representantes en dicho órgano, el cual se prevé inicie funciones en noviembre.

El fondo de pensiones del Poder Judicial cuenta con 4.131 personas jubiladas y 12.802 trabajadores.

La reserva del régimen ascendió a ¢538.875 millones, dinero que está invertido en instrumentos bursátiles.

En este sistema el patrono cotiza el 14,36%; los empleados y jubilados el 13%; el Estado 1,41% y hay una contribución solidaria sobre las pensiones más altas.

Cambios urgentes

El estudio contratado a Pipca, hecho por el actuario Luis Guillermo Fernández, plantea un escenario alternativo de reforma, en el cual se reduce el déficit a ¢120.432 millones y el régimen queda prácticamente con solvencia actuarial. Es decir que el faltante es menor al 5% de los futuros beneficios.

Entre las principales recomendaciones está que la pensión máxima sea equivalente a seis salarios base de la institución, es decir ¢2,6 millones. El sueldo base en el Poder Judicial es de ¢446.200 para este año.

Actualmente la ley establece el tope en 10 salarios, o sea ¢4,4 millones mensuales.

A los pensiones otorgadas antes de la reforma, que exceden el monto máximo, se les aplica el aporte solidario que oscila entre el 35% y el 55% del monto sobre el tope.

Mientras tanto, en el régimen del fondo de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), la pensión máxima sin postergación es de ¢1.613.000 y con postergación, de ¢2.282.000.

Ver más

El estudio también propuso modificar el cálculo del monto de la pensión para los nuevos jubilados, para que la cuantía sea equivalente al 82% del promedio de todos los salarios cotizados, traídos a valor presente, de un trabajador.

El cambio legal del 2018 establece que el monto de jubilación es el promedio de los últimos 20 años de salarios mensuales devengados por un empleado judicial.

“Uno de los factores que puede poner en peligro la estabilidad actuarial del Régimen, es el cálculo del monto de pensión por jubilación y la forma en que se revalúan los montos de las pensiones en curso”, se destaca en el informe.

En el caso de la actualización anual del monto de pensión se planteó que sea equivalente al 50% de la inflación, en vez de la totalidad del índice de precios al consumidor (IPC).

El estudio también propuso crear el beneficio de bonificación y de postergación. En el primer caso se otorga 0,01% adicional al trabajador que sobrepase las 400 cotizaciones, y en el segundo 0,5% extra por cada trimestre laborado; tras obtener el beneficio de jubilación.

Ambas medidas buscan fomentar la permanencia del empleado en la institución, luego de cumplir los requisitos para jubilarse por vejez, con el fin de mantener por un tiempo adicional las cotizaciones del trabajador.

“La Junta tendrá potestades para modificar el perfil de beneficios y el esquema de aportes sin reforma de Ley, esto con base en estudios actuariales y en tanto al Supén lo avale”, recalcó la Directora Ejecutiva del Poder Judicial.

Detonantes del desequilibrio

El análisis efectuado al régimen de pensiones de la Corte determinó que el desequilibrio se genera principalmente por el alto costo de los beneficios de 4.009 personas jubiladas a diciembre del 2018.

Estas personas se retiraron con la escala de beneficios previos a la reforma legal del fondo.

Estas personas representan el 25% del total de beneficiarios del sistema, incluidos los 12.802 trabajadores, pero consumirán más del 40% del pago futuro de pensiones o pasivo actuarial.

El desequilibrio también se agravó porque en cuatro años el régimen perdió el 5% de cotizantes. En el 2015, la institución tenía una planilla de 13.485 personas, y bajó a 12.802 empleados judiciales.

Adicionalmente, la cantidad de jubilados creció por encima del 15% para el mismo periodo.