Pensiones del IVM, Magisterio y Corte no bajarán pese a mal resultado de inversiones

Poder Judicial está obligado por ley a ajustar anualmente monto de pensión a la inflación. Pero Caja y Jupema pueden aprobar ajustes menores

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El monto de la pensión de los 328.000 jubilados de los fondos del IVM, el Magisterio Nacional y el Poder Judicial no sufrirán una reducción a raíz de las pérdidas en las inversiones de las reservas.

Aunque la cuantía de la pensión no retroceda, los administradores del sistema de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y del Régimen de Capitalización Colectiva (RCC), de maestros y profesores, pueden ajustar las pensiones, en el 2023, por debajo del crecimiento del índice de precios al consumidor (IPC).

En contraste, la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial está obligada por ley a elevar el monto del beneficio conforme a la inflación.

Durante este año, la pensión promedio en el IVM era de ¢299.271 al mes; en el RCC, de ¢443.747; y en la Corte, de ¢1,6 millones, según la Superintendencia de Pensiones (Supén).

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Rocío Aguilar, jerarca de la Supén, confirmó que en los regímenes básicos de pensiones la cuantía mensual de los beneficiarios no puede reducirse.

Los tres sistemas reportan, desde mediados del 2022, rentabilidades negativas de entre -0,69% y -3,44% a raíz del incremento en la inflación y se prevé que el efecto adverso se mantenga hasta el 2024, cuando las presiones inflacionarias sobre Costa Rica empiecen a retroceder.

La actual coyuntura implicaría que las reservas de los fondos básicos desaceleren su crecimiento e incluso que tengan un retroceso en términos reales.

Aguilar dijo que estos regímenes no pueden cambiar las condiciones de las personas actualmente jubiladas. Pero sí se pueden modificar las condiciones de contribución de los trabajadores y de los futuros pensionados.

Sin embargo, la jerarca de la Superintendencia destacó que es necesario realizar un estudio en cada fondo para determinar cuál será la afectación, en el corto y largo plazo, y tomar decisiones.

¿Cómo funciona la revalorización?

Con respecto al IVM, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tiene como regla que el monto de la pensión mínima, actualmente en ¢142.517, supere el 50% de la base mínima contributiva. En mayo pasado, se ajustó en 2,52% precisamente para cumplir dicho precepto, lo que implicó un gasto adicional de ¢34.000 millones.

La revalorización porcentual no implicó, durante los últimos años, un retroceso en el poder adquisitivo de los beneficiarios, pues la fórmula utilizada toma en cuenta la inflación acumulada en cada semestre, en periodos donde el indicador estuvo controlado.

En la actual coyuntura de alta subida en los precios (en setiembre el IPC fue de 10,37%), el egreso del IVM para reconocer la inflación de los 319.161 jubilados sería significativo.

El panorama para la decisión de la CCSS se complica porque el resultado negativo en las inversiones del fondo podría generar que se tome dinero de la reserva del sistema para pagar pensiones. En los últimos años, la institución usa la totalidad de las contribuciones y las ganancias de las inversiones para el pago de pensiones.

La Nación envió consultas a Jaime Barrantes, gerente de pensiones de la Caja, sobre si el escenario descrito se cumplirá para el 2023, pero al cierre de este artículo no hubo respuesta.

Por otra parte, la jerarca de la Supén confirmó que la CCSS puede revalorizar la cuantía de la pensión en una proporción igual o menor a la inflación. La decisión del ajuste recae sobre la Junta Directiva de la institución.

En el caso del RCC, Carlos Arias, director ejecutivo de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Jupema), reconoció que el sistema cuenta con un rendimiento real meta de 5,69%.

No obstante, indicó que si la actual coyuntura de rendimientos negativos se mantiene, se activaría el mecanismo de autobalance del fondo. El principio implica que las pensiones en curso de pago (actualmente son 4.200) se modificarían por debajo de la inflación, según la diferencia entre la tasa de rendimiento obtenida y la tasa meta.

En tanto, en el régimen de la Corte, la Ley Orgánica del Poder Judicial dicta que el monto anual de la pensión debe ajustarse por costo de vida a los beneficiarios. Actualmente, 4.210 personas están jubilados por este sistema.

La jerarca de la Superintendencia consideró que el Poder Judicial debería de contar con un mecanismo como el de Jupema o el IVM para favorecer la solvencia del fondo. Sin embargo, se requeriría modificar la ley actual, recalcó.