Miércoles 31 de enero vence plazo para pagar impuesto a personas jurídicas

El pago se puede hacer por conectividad mediante el sitio web del banco o directamente en cajas y entidades autorizadas

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El miércoles 31 de enero vence el plazo para pagar, sin recargo, el impuesto a las personas jurídicas del período fiscal 2018, recordó el Ministerio de Hacienda en un comunicado.

“Quienes no realicen el pago dentro de este plazo se exponen al pago de recargos y a la sanción por morosidad”, señaló el Ministerio.

Este impuesto está basado en la nueva ley, aprobada por la Asamblea Legislativa el 16 de marzo del 2017.

La anterior legislación, del 2011, fue declarada inconstitucional por la Sala IV en enero del 2015, debido a vicios en el procedimiento de trámite.

La nueva ley define el tributo sobre todas las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, y las empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Esto incluye las casas extranjeras, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades en comandita, sociedades colectivas y empresas individuales de responsabilidad limitada.

Están exentas del pago de este tributo, las personas jurídicas clasificadas como: micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

El pago de este impuesto se puede efectuar por conectividad mediante el sitio web del banco correspondiente, o directamente en cajas y entidades autorizadas, indicando el número de identificación de la persona jurídica.

Las entidades recaudadoras autorizadas son: BAC San José, BCR, BCT, Davivienda, Popular, Desyfin, Lafise, Scotianbank Transformándose, Promérica, Improsa, Cathay, General, Prival, Nacional, Teledolar, Grupo Mutual Alajuela, Cruz Roja, Tiendas Ekono, Servimás, Coopealianza, Prides, Viajes Colón y BN Servicios.

Los recursos provenientes de este impuesto son asignados al Ministerio de Seguridad Pública para financiar infraestructura física de las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial, atención a la seguridad ciudadana y combate a la delincuencia; al Ministerio de Justicia y Paz para financiar la Dirección General de Adaptación Social; y al Poder Judicial para financiar el Organismo de Investigación Judicial, en la atención del crimen organizado.