Marchamo 2021: Valor fiscal de automóviles se actualizará cuando salga decreto en ‘La Gaceta’

Los valores que están actualmente publicados en el sistema Autogestión de Hacienda todavía no son los que regirán para el cobro del derecho de circulación del próximo año, explicó el Director General de Tributación

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El director general de Tributación, Carlos Vargas, explicó que los valores fiscales de los autos que están publicados actualmente en la plataforma Autogestión no son todavía los que regirán para el marchamo 2021.

“La actualización de estos valores en la página del Ministerio de Hacienda se realiza una vez publicado el decreto correspondiente en La Gaceta, el cual está en trámite en este momento, por lo cual, no es correcto, o no es prudente realizar esa revisión en el sistema de Autogestión, porque los valores que van a aparecer ahí no son los valores actualizados”, manifestó Vargas.

El valor fiscal de los autos se actualiza todos los años y forma parte de la información que se traslada al Instituto Nacional de Seguros (INS) para el cobro del marchamo.

El artículo 36 deldecreto 39.303-MOPT-H, Reglamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, establece: “El Ministerio de Hacienda y cualquiera de las instituciones destinatarias por ley, de las sumas de dinero de los tributos recaudados por las entidades aseguradoras, deberán suministrar a dichas entidades, a más tardar, el quinto día hábil del mes de octubre del año en curso, toda la información actualizada de cada uno de los rubros que forman parte del derecho de circulación y que deban recaudar las entidades aseguradoras”.

Vargas explicó que ese suministro de información ya se efectuó, pero todavía no se han actualizado los valores en la plataforma Autogestión.

Valores para mayoría deberían bajar

Vargas detalló que para realizar la actualización de los valores fiscales se consideran las curvas de depreciación de los vehículos y el índice de valuación.

Este índice considera: la variación en la carga tributaria, la inflación y un 10% de depreciación. Este año el índice dio un resultado de -10,07% que se aplicó a los vehículos.

“Lo cual significa que en una buena cantidad de vehículos, de acuerdo con los términos de la ley, van a ver modificada a la baja la base imponible de este impuesto”, informó Vargas.

Este año se unió un elemento adicional a este cobro y es que el lunes 5 de octubre la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente un proyecto de ley que reduciría en 50% el impuesto a la propiedad para los vehículos con un valor menor a ¢20 millones, y para los de carga pesada, buses, busetas, taxis, transporte público y turismo.

El diputado Roberto Thompson, del Partido Liberación Nacional (PLN), denunció en sus redes sociales, el domingo 11 de octubre que el Ministerio de Hacienda actualizó el valor de los vehículos el 6 de octubre, un día después de ser dictaminado el proyecto que propone la rebaja del marchamo.

Vargas respondió que lo que se realizó fue el suministro de información y no hubo una actualización el 6 de octubre.

“En la plataforma Autogestión, que es una consulta por placa del vehículo para el valor fiscal e impuesto del periodo 2020, no ha aparecido en ningún momento la fecha de avalúo del 06 de octubre”, respondió Vargas.

¿Por qué algunas personas que consultaron la plataforma encontraron un valor más alto esta semana?

La Dirección de Valoraciones de la Dirección General de Tributación reiteró que en este momento, quien accede a Autogestión, verá los valores del vehículo al 2020.

"Lo que sucede cuanto encuentra alguna diferencia con respecto al monto que le aparece en el recibo emitido al hacer el pago, es porque, posiblemente, la persona presentó algún reclamo sobre el valor fiscal del vehículo y se le corrigió el monto en el recibo. La actualización de ese monto en el sistema se dará una vez que se publique el decreto”, respondió Vargas.

¿Cómo reclamar?

Si una vez publicados los nuevos valores fiscales para el 2021, el dueño del automotor no está de acuerdo con el valor publicado puede apelar. Para hacerlo debe ingresar a Autogestión: https://serviciosnet.hacienda.go.cr/autogestion/ .

En esa dirección revisa el valor del vehículo y ahí mismo está el formulario de solicitud de revisión, pero la aplicación solo se abre durante el periodo de cobro y reclamación del impuesto a la propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones.

Por ahora, cualquier consulta debe dirigirse a la oficina de Valoraciones Tributarias de la Administración Tributaria San José Oeste.

Según detalla el Ministerio de Hacienda, en su página web, de acuerdo con el artículo 145 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el plazo para recurrir ante la Administración Tributaria los valores de los vehículos, aeronaves y embarcaciones, con base a lo especificado en el artículo 6 del Decreto N° 39974-H, es de 30 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la fecha en que se canceló el impuesto.

En caso de que el contribuyente efectúe el pago fuera del plazo que la Ley dispone, o cuando no paga el impuesto, el plazo para apelar corre a partir del primer día hábil siguiente al vencimiento del plazo para el pago de este impuesto (31 de diciembre del año).

Los documentos que debe adjuntar son: la solicitud por el propietario o representante donde se pide la revisión del valor (debe indicarse número de teléfono y correo electrónico), si no es el propietario el que realiza el trámite, debe ser autorizado por el dueño en ese mismo documento.

Además, debe adjuntar pruebas de valor de auto, como mínimo tres pruebas, puede ser de páginas web, agencias distribuidoras, periódicos de circulación nacional, y fotografías del vehículo donde se observen los emblemas, transmisión, tipo de carrocería, en especial si el vehículo es un modelo no conocido o no es popular.