¿Cómo pagar los impuestos con el sistema de contingencia?

Por ahora no se pueden presentar las declaraciones, solo hacer un recibo para cancelar los tributos en algunos bancos. Le detallamos el proceso.

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Debido al ataque cibernético que sufrió el Ministerio de Hacienda en la madrugada del lunes 18 de abril, se suspendió el servicio de ATV (Administración Tributaria Virtual) mediante el cual los contribuyentes presentaban sus declaraciones de impuestos.

Desde ese día no se han podido presentar declaraciones, por lo que el Ministerio de Hacienda activó un mecanismo de contingencia para que los contribuyentes puedan pagar los impuestos, aunque sea sin declaración. Este mecanismo se aplicó primero a los grandes contribuyentes (la resolución número DGT-R-012-202).

A los demás personas se les dio una prórroga hasta 4 de mayo, si al día 29 de abril seguían deshabilitados los sistemas, tal como ocurrió. El tiempo adicional es para el pago de impuestos que vencían desde el 18 de abril, como lo anunció el Ministerio de Hacienda.

Para realizar este pago todos usan el mismo mecanismo: tienen que obtener el EDDI 7, de ahí bajar el formulario D.110 “Recibo oficial de Pago”, completarlo, imprimirlo y presentarlo en las ventanillas de lasentidades recaudadoras autorizadas para realizar la cancelación de los tributos.

¿Cómo se consigue el EDDI 7?

El primer paso para los contribuyentes es conseguir el EDDI 7. Bryan Mora, socio de Impuestos de Deloitte explicó que en el caso de los grandes contribuyentes se les permitió a los representantes ir a la oficina de Grandes Contribuyentes. Ahí les dan una llave maya con el sistema para descargarlo en la computadora o se los envió a los gestores el link, mediante correo electrónico para la descarga del sistema.

Asimismo, en el perfil de Facebook de Hacienda se puso a disposición el formulario D.110 “Recibo oficial de Pago” (EDDI 7 versión 1.30.0) para pagar a más tardar el 4 de mayo en las ventanillas de las entidades recaudadoras autorizadas.

La dirección también se encuentra en las páginas web de los colegios profesionales de: Contadores Públicos, Contadores Privados, Ciencias Económicas y de Abogados. En el Colegio de Abogados se han habilitado quioscos de asistencia para que personal de la Administración Tributaria apoye a quienes tengan algún inconveniente para descargar el formulario.

¿Cómo se hace el recibo en el EDDI?

Una vez instalado el EDDI, se va a la pestaña “registro” y hace el registro del contribuyente, que consiste en completar los datos que se le piden. Luego hay una pestaña que dice “D110″ y entonces se escoge ese para generar el recibo oficial de pago.

Ahí selecciona el impuesto a pagar y el código del concepto, que es si es por tema de declaración, resolución o liquidación, entre otras opciones, y la clasificación del tributo, que puede ser tradicional o el simplificado. También se selecciona el mes y el año y le da aceptar.

Entonces el sistema le despliega lo que completó en un formulario y ahí coloca el monto del impuesto a pagar e imprime el formulario.

¿Dónde puede pagar?

Según la resolución de la Dirección General de Tributación, la cancelación mediante el recibo oficial de pago D.110, versión PDF, puede realizarse en los bancos BAC San José, Cathay, BCT, Promérica Scotiabank, Banco de Costa Rica, Davivienda y Lafise.

Para atender las inquietudes sobre esta medida de contingencia y explicar el procedimiento de descarga del EDDI 7 versión 1.30.0, la Dirección de Servicio al Contribuyente, de la Dirección General de Tributación, realizó una charla virtual la cual se encuentra disponible en la canal de youtube del Ministerio de Hacienda.