Bancos y fondos decidirán método para valorar inversiones a partir de enero del 2020

Conassif aprobó, de manera definitiva, cambios que flexibilizarán la regla de determinar, día a día, si los títulos de clientes ganan o pierden valor en el mercado.

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Los bancos, los fondos de pensiones e inversiones y las aseguradoras podrán decidir, a partir del 1. ° de enero del 2020, el mecanismo para establecer el valor de sus inversiones en instrumentos financieros, así como el de las hechas con el dinero de sus clientes.

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) aprobó, de manera definitiva, una serie de cambios en la normativa financiera que flexibilizan el registro de la ganancia o pérdidas de las inversiones.

Actualmente, todas las entidades supervisadas están obligados a valorar a precio de mercado los instrumentos que se adquieren, sean bonos de deuda del Gobierno o emisiones de empresas públicas y privadas.

La valoración a precios de mercado es una medición diaria que indica cuál es el valor real, en el mercado financiero, de los títulos que componen un portafolio de inversiones. En Costa Rica, esta metodología está vigente desde agosto del 2002.

Con los cambios aprobados en el nuevo Reglamento de Información Financiera cada entidad supervisada decidirá si registra el valor de las inversiones a precios de mercado o a costo amortizado, es decir, mantiene el mismo valor del instrumento financiero desde su adquisición hasta el vencimiento del mismo.

Luis Carlos Delgado, presidente del Conassif, explicó que si una entidad decide modificar el método de valoración debe hacer solo sobre la base del modelo del negocio y justificar la decisión.

“El Reglamento está alineado a las mejores prácticas internacionales en materia financiera y contable. En cuanto a la valoración a costo amortizado (...) se trata de una opción excepcional, que forma parte de un amplio estándar internacional, el cual está siendo adoptado por el Consejo”, recalcó Delgado.

El jerarca recalcó que si se usa el método de registro a costo amortizado, cada entidad deberá revelar en sus estados financieros el valor de mercado de la inversiones.

La reforma aprobada por el Conassif generó, el año pasado, una serie de críticas por parte de exsuperintendentes y economistas.

Édgar Robles, exsuperintendente de Pensiones; Danilo Montero, exsuperintedendente General de Valores; y economistas como Eli Feinzaig coincidieron en que el cambio en las reglas sobre valoración implicaban no revelar las pérdidas de portafolio de inversiones.

Robles argumentó, en diciembre pasado, que el cambio incentiva la adquisición de títulos más riesgosos.

“La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) indica que la valoración a mercado es necesaria para darle transparencia, consistencia y confiabilidad al sistema de pensiones”, aseguró el exjerarca.

Por su parte, Feinzaig sostuvo, en un artículo de opinión en La Nación, que los grandes perdedores con la reforma serían quienes ahorran en la pensión obligatoria complementaria.

“No valorar los títulos a precios de mercado les impediría tomar decisiones informadas acerca de dónde poner sus ahorros”, sostuvo el economista en su artículo de noviembre pasado.

Una de las principales inquietudes de los detractores es que con la reforma no se conocerá el valor diario de los títulos de deuda del Gobierno los cuales concentran la mayoría de las inversiones de los administradores de fondos.