Empresas en zona franca deberán registrarse para operar con factura electrónica

Si compran insumos o si realizan ventas locales ingresan como receptoras o emisoras del comprobante.

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Las firmas del régimen de zona franca tendrán que registrarse como receptoras o emisoras de la factura electrónica si compran insumos o realizan ventas locales, y todas estarán obligadas a utilizar los comprobantes electrónicos antes de finalizar el 2018, al igual que el resto de los contribuyentes.

Hasta el momento, según el calendario del Ministerio de Hacienda, están obligados a utilizar la factura electrónica los contribuyentes de los sectores de salud, administración y contabilidad y legal. También se han incorporado varios grandes contribuyentes.

En abril próximo ingresarán los sectores de ingenierías y en mayo, profesionales y empresas de varias áreas.

Hacienda publicará una nueva resolución en las próximas semanas donde incluirá al resto de contribuyentes y ahí se incluirá a las firmas de zonas francas.

"El nuevo calendario incluye a los contribuyentes de zonas francas", dijo Minor Arias, coordinador del Programa Factura Electrónica, de la Dirección General de Tributación.

Alejandra Arguedas, socia del bufete BLP, recordó que cualquier contribuyente y firma de zona franca puede registrarse en el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) y empezar a utilizar la factura electrónica de manera voluntaria.

¿Exporta, compra o vende?

Las empresas de zona franca son aquellas que están inscritas en el régimen legal que les brinda beneficios como exención de impuestos de renta, de importación de insumos y de exportación, entre otros.

De acuerdo con datos de la Promotora de Comercio Exterior (Procomer), el sector habría generado exportaciones por $5.609 millones, en el 2017, casi la mitad de las ventas al exterior. Al 15 de enero del 2018 habían 419 empresas bajo este régimen.

Se deconoce cuántas firmas de zona franca usan comprobantes digitales (pues en sus sistemas internos cuentan con esa funcionalidad), están realizando pruebas o no han iniciado el proceso al tener dudas sobre el mismo.

Las empresas de este sector que no están obligadas a utilizar el nuevo formato digital son las que exportan y no compran insumos ni realizan ventas locales.

Arguedas y Carla Coghi, socia de Deloitte, coincidieron en señalar que las empresas de zona franca que compran insumos a proveedores en el país o que venden localmente algunos insumos (por ejemplo, activos) deben registrarse como receptoras o emisoras.

A algunas firmas de zona franca que son grandes contribuyentes ya la Autoridad Tributaria les habría comunicado la obligación de registrarse y usar los comprobantes electrónicos.

En tanto, las receptoras deben habilitar un correo electrónico para recibir las facturas electrónicas de sus proveedores y como emisoras, deben contar con el sistema informático requerido.

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Minor Arias, del Ministerio de Hacienda, confirmó que el contribuyente inscrito en zona franca debe registrarse como Receptor Electrónico no Emisor, cuando exporta el 100% de su producción; si realiza ventas en el ámbito local debe registrarse como Emisor- Receptor Electrónico.

El funcionario especificó que el registro se realiza de acuerdo al medio por el cual presenta sus declaraciones de impuestos: si la empresa usa la ATV, debe hacerlo en esa misma plataforma; si usa Tributación Digital debe realizar dicho registro de forma presencial en cualquier Administración Tributaria.

Las especialistas de BLP y Deloitte indicaron que el registro para ser receptoras y para ser emisoras se realiza con el formulario D140.

La semana anterior, funcionarios de esta cartera adelantaron que pronto se publicará una resolución con el calendario final, en el cual se indica cuándo es obligatorio usar la factura electrónica para los sectores que no están incluidos en el primer cronograma.

Probablemente, en setiembre les corresponda a las personas físicas y jurídicas cuyo último dígito de la cédula sea 1, 2 y 3; en octubre los de los dígitos 4, 5 y 6; y en noviembre, los contribuyentes con dígitos 7, 8 y 9.

Los que ya están

Hasta el 28 de febrero anterior estaban registrados 22.000 contribuyentes de los sectores de salud, de contabilidad y administración, y grandes contribuyentes, de acuerdo con datos de Hacienda.

Ellos habrían generado más de 22 millones de comprobantes electrónicos.

De esos sectores, había 44.000 contribuyentes inscritos ante la Dirección General de Tributación, pero muchos están inactivos y no han realizado la desinscripción. Otros simplemente no han realizado el registro en el ATV ni usan la factura electrónica.

Aquellos contribuyentes obligados que estén realizando ventas y no usen la factura electrónica se exponen a una sanción que va de tres salarios base (cerca de ¢1,3 millones) hasta 100 salarios base o del 2% de los ingresos reportados en el año anterior, según el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

En este mes de marzo la factura electrónica empezó a ser obligatoria para otros 9.200 contribuyentes del sector legal, que incluye a abogados y notarios.

En abril también deben empezar a usarla los profesionales independientes y empresas del sector de ingeniería, arquitectura e informática.

En mayo les corresponderá a los consultores y quienes brindan servicios en mantenimiento industrial y mecánico, química, ingeniería civil y contrucción, publicidad, bibliotecología, docencia, salud ocupacional y periodismo, entre otros.

Todos los demás, abarcando a firmas de zona franca que no habían sido convocadas o que no estaban obligadas aún, deberán hacerlo antes de diciembre próximo.

“La resolución pendiente incluiría al 100% de los contribuyentes que no han implementado la factura electrónica”, afirmó Coghi.