Hacienda confirma exención de tributos para compras en Internet hasta de $500

El beneficio es válido solo para compras personales y para gestionarlo se debe contar con la factura comercial emitida por el vendedor de la mercancía

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El Ministerio de Hacienda confirmó, mediante un comunicado, que toda compra por Internet, que no sea de mercancías prohibidas, ni de carácter comercial (solo personal o familiar ), y no supere los $500, están exenta del pago de impuestos.

Esto de acuerdo con el criterio número C-185-2017, del 10 de agosto del 2017, emitido por la Procuraduría General de la República.

El Ministerio expicó que la Ley General de Aduanas, en su artículo 137, define así los pequeños envíos: "Se consideran pequeños envíos sin carácter comercial, las mercancías remitidas del exterior para uso o consumo del destinatario o de su familia. La importación de dichas mercancías estará exenta del pago de derechos, impuestos y demás cargos, siempre que su valor total en aduana no exceda de quinientos pesos centroamericanos” (cada peso centroamericano equivale a $1 estadounidense).

Hacienda aclaró que para aplicar esta exoneración, es requisito que el destinatario no haya utilizado el beneficio durante los últimos seis meses anteriores a la llegada de las mercancías, y que la cantidad de estas mercancías no se emplee para fines comerciales.

La exoneración de impuestos no es automática, el trámite puede realizarse a modo personal por medio de la solicitud ante la Aduana de jurisdicción, o mediante un poder especial otorgado a un tercero, de conformidad con la legislación aplicable. Dicho poder debe ser conferido por la persona que figura como consignatario en el documento de embarque, esto por cuanto se trata de un beneficio estrictamente personal.

Para realizar cualquier gestión ante la Aduana, es fundamental contar con la factura comercial emitida por el vendedor de la mercancía. Con base en esta factura, la Aduana determina el valor aduanero, según sus competencias y atribuciones.

Hacienda recordó que con la finalidad de que los ciudadanos no se expongan a engaño por parte de empresas no autorizadas para el servicio de courier, se les recuerda hacer uso de las compañías debidamente inscritas en la Dirección General de Aduanas. El listado se encuentra disponible en la página web del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr, apartado "Registros y listados de interés", "Aduanas".